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Condenado a más de 29 años de prisión el médico que abusó sexualmente de 26 pacientes en Las Palmas de Gran Canaria

  • Cumplirá un máximo de cinco años y tres meses de prisión
  • También queda inhabilitado para el ejercicio de la medicina

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El médico de la sanidad pública de Canarias en un momento del juicio
El médico de la sanidad pública de Canarias en un momento del juicio EFE/Ángel Medina G.

La Audiencia Provincial de las Palmas ha condenado a 29 años y medio de prisión al médico de familia que cometió abusos sexuales contra 26 pacientes entre los años 2010 y 2019. El doctor ejercía en el Centro de Salud de Canalejas, que pertenece al servicio de sanidad pública de Canarias.

El facultativo reconoció en el juicio celebrado el pasado martes que había abusado de varias mujeres durante las consultas médicas, hechos que lamentó "profundamente". Admitió ante la Sección Sexta de la Audiencia que sometió a sus víctimas a diversos tocamientos mientras les frotaba sus órganos sexuales y simulaba hacerles un masaje.

La Fiscalía pidió inicialmente una condena de 62 años de prisión, que rebajó hasta los 36 años por la reparación de daños del médico a sus víctimas, a quienes les entregó 121.500 euros. Además, la abogada del acusado consideraba también como circunstancia atenuante una alteración psíquica que tenía cuando ocurrieron los abusos.

La sentencia lo inhabilita para ejercer como médico

Además de la pena de prisión, la sentencia impone también la inhabilitación para el ejercicio de la profesión médica por el tiempo que dura la condena. El doctor tampoco podrá establecer comunicación o acercarse a ninguna de las víctimas a menos de 150 metros de su domicilio, puesto de trabajo u otros lugares frecuentados por ellas.

El médico de cabecera ha sido condenado por la comisión de 26 delitos de abuso sexual, diez de ellos continuados. Ha impuesto a cada uno de los abusos una pena que oscila entre los nueve meses y un año y nueve meses de prisión. Con un total de casi 30 años, el doctor cumplirá un máximo de cinco años y tres meses, conforme a lo que dicta la legislación vigente. La sentencia explica que el condenado tuvo una participación "directa y voluntaria" en los hechos que se llevaban a cabo con "la intención de satisfacer sus más reprobables instintos sexuales".

La magistrada Eugenia Cabello, presidenta del tribunal, le ha reconocido la reparación de daño por la indemnización económica a las víctimas, que supone un "relevante esfuerzo reparador" hacia ellas. Sin embargo, ha rechazado el atenuante que pedía la abogada por alteraciones psíquicas porque "no se determina la afectación que esta demencia produjo al tiempo de los hechos".