El Supremo confirma la condena de cuatro años y medio a Borràs por prevaricación y rechaza aplicar la amnistía
- Considera que no es aplicable la ley de amnistía porque son delitos sin relación con el 'procés'
- Junts denuncia que la sentencia del TS es "un caso de lawfare de manual"
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cuatro años y medio de prisión, 13 años de inhabilitación y multa de 36.000 euros impuesta a la expresidenta del Parlament de Cataluña y exlíder de Junts Laura Borrás por delitos de prevaricación administrativa, y falsedad en documento oficial y ha rechazado aplicarle la ley de amnistía al considerar que se trata de delitos de corrupción sin relación con el 'procés'.
El Supremo ratifica la condena a Borràs, que había recurrido alegando que era una "persecución política", por adjudicar de forma irregular a un conocido, mediante 18 contratos menores, la elaboración del portal web de la Institució de les Lletres Catalanes (ILC), que ella dirigía entre 2013 y 2018, por valor de 335.700 euros.
La Sala desestima íntegramente el recurso de casación de Borrás en el que, entre otros motivos, cuestionaba la proporcionalidad de la pena impuesta y se basaba para ello en que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña propuso en su sentencia un indulto parcial para dejar en dos años la pena de prisión, y en el voto particular discrepante de una magistrada del tribunal catalán que reclamaba una condena inferior.
Considera proporcionada la pena impuesta
El Supremo rechaza esos argumentos y considera proporcionada la pena impuesta porque "los hechos probados se enmarcan en una conducta inserta en la corrupción de un funcionario público que se sitúa al margen de la ley, la desobedece y vulnera los principios que informan el actuar de la administración pública".
Afirma que la conducta típica en los delitos de corrupción se centra en la obtención de puestos dentro del Estado, directamente o a través de influencias, para delinquir, para obtener ventajas patrimoniales, para desmantelar al Estado, o para apropiarse del patrimonio del Estado.
La sentencia, dictada por unanimidad y ponencia del presidente en funciones de la Sala Segunda, Andrés Martínez Arrieta, concluye que desde la perspectiva expuesta el alegato de la recurrente "es difícilmente atendible, dada la entidad del daño producido, porque no solo se ha producido un quebranto patrimonial, al Estado o a terceros concurrentes, sino también un daño a las normas de convivencia y de ordenación social, en los términos señalados, por un funcionario público llamado a observar las exigencias del Estado de derecho".
Considera no aplicable la ley de Amnistía
En su recurso, Borrás pedía que se le aplicara la amnistía porque, alegaba, en su persona concurría un "perfil netamente independentista" y que desarrolló la dirección de la Institució de les Lletres Catalanes "en el marco de un gobierno con vocación netamente procesista".
Sin embargo, el Supremo señala que "ni el perfil, ni el desarrollo de una acción de gobierno, en la parcela administrativa que dirigía la recurrente, permiten considerar que la conducta por la que ha sido condenada se enmarca en un contexto del denominado proceso independentista catalán".
Añade que el hecho probado refiere una contratación administrativa para facilitar una adjudicación directa a una persona obviando la normativa que está prevista para evitar la corrupción y asegurar la transparencia y la igualdad de los posibles licitantes.
Para el Supremo, en ninguno de los apartados de la Ley de Amnistía puede encuadrarse la conducta de Borrás, "a excepción de la consideración de la existencia de un perfil intensamente independentista, que remite a una consideración propia de un derecho penal de autor y no un derecho penal de actos, que es lo reflejado en el hecho probado, en el que se refiere una conducta que ha sido subsumida en un tipo penal".
Niega vulneración del derecho a la presunción de inocencia
La Sala desestima también la vulneración del derecho a la presunción de inocencia, y destaca que la inobservancia de las exigencias para la contratación, el fraccionamiento de los trabajos realizados y las cantidades facturadas con incumplimiento de la normativa aplicable, se ha declarado por el TSJ catalán a partir de la constatación documental, los correos electrónicos de los que resulta la asunción por la recurrente de esa contratación, las declaraciones del coimputado, y las testificales de los funcionarios de la ILC.
En síntesis, los hechos probados recogen que Laura Borrás, cuando era directora de la ILC, entre 2013 y 2018, recibió el encargo de elaborar un portal web de referencia de las letras catalanas. Para ello, encomendó su creación, desarrollo y mantenimiento a un conocido suyo, pese a saber que al hacerlo prescindía del procedimiento administrativo de contratación preceptivo y las exigencias que comportaba la libre concurrencia y precio.
Durante una reunión de la Junta de Gobierno de la Institució en la que se abordó el asunto, no informó de que el portal ya había sido adjudicado. Al ser advertida por los funcionarios del trámite legal que había que seguir, decidió simular la adjudicación de los trabajos ya encargados, siguiendo la tramitación administrativa prevista para los contratos menores, abonando, a través de una persona interpuesta, el importe de los trabajos realizados. El valor de los 18 contratos ascendió a 335.700 euros.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña también condenó a otras dos personas, una de ellas a la que se le adjudicó el contrato y otra el administrador de una empresa informática. Fueron considerados cooperadores necesarios del delito continuado de falsedad en documento oficial y autores de un delito continuado de falsedad en documento mercantil, con la atenuante de confesión, por lo que se les impuso dos años de prisión y un año y dos meses respectivamente. Ninguno de los dos recurrió su condena ante el Tribunal Supremo.
Turull tilda la sentencia como "un caso de lawfare de manual"
Sobre el asunto se ha pronunciado el secretario general de Junts, Jordi Turull, que ha calificado la condena a compañera de partido como "un caso de lawfare de manual". Así, desde el Parlament, el dirigente de la formación catalana ha trasladado todo el "apoyo, afecto y estima" de su partido hacia la expresidenta de la cámara autonómica.
Unos mensajes que ha expresado "sin ningún tipo de matiz" y que "mantendrá en el tiempo", ha agregado. En ese sentido, Turull ha explicado que ya ha intercambiado mensajes con Borràs para hacerle saber que tiene a al partido "a su disposición para lo que haga falta".
Tras ello, ha señalado que "estamos ante un episodio más de esta dinámica de rebeldía, de fanatismo político que desde hace tiempo está instalada en la Sala Penal del Supremo". Su decisión de este miércoles, ha criticado, es "un ensañamiento", ya que "endurece una sentencia que ya lo era", la del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).
A su juicio, la judicatura española "se va consolidando como el Guantánamo de la Justicia europea" y en la jornada de este miércoles se ha asistido a un "episodio que lo confirma". Preguntado sobre cuáles son los siguientes pasos que seguirá Junts y si recurrirá la sentencia, Turull se limitó a recordar que está "el Tribunal Constitucional", pero no desveló detalles de la "estrategia jurídica" por "respeto a la misma".
Preguntado sobre si Junts valoraría positivamente que el TSJC le concediera un indulto a Borràs, Turull ha expresado que la exlíder de Junts "no tendría que estar condenada" y que todos los pasos que se puedan dar para "revocar esta injusticia" los hablarán con ella.
Por su parte, el expresident de la Generalitat, Carles Puigdemont, ha calificado la decisión del Supremo como "un encarnizamiento" tan "bestia" como "impropio de un órgano judicial independiente". "No hay nadie que con un mínimo sentido de la Justicia pueda compartir esta decisión", ha publicado en su cuenta de la red social X.
Ironizando, el líder independentista ha señalado a la Justicia española como la "Toga Nostra", la cual, según ha dicho, "continua desafiando al sonido de la partitura de la represión, ordenada desde la magistratura más alta". Por último, ha trasladado también su apoyo a Borràs y a su familia, frente "al fanatismo de la inquisición española en la que algunos tristemente han convertido lo que debería ser el tribunal más espetado del sistema judicial".
Ahora, el futuro de la expresidenta del Parlament queda en manos del TSJC que abrirá una pieza de ejecución de sentencia cuando reciba el fallo del Supremo y hará una vista para que las partes expongan su posicionamiento.