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Sistema penitenciario español

Las cárceles usan un algoritmo de 1993 que penaliza a los extranjeros sin arraigo para evaluar los permisos

¿Quién decide si un preso tiene derecho a un permiso de salida? Una investigación de Civio revela que un algoritmo sin actualizar desde 1993 sigue siendo un elemento de peso para dar o no la autorización. La fórmula clasifica a los presos extranjeros de fuera de la Unión Europea y sin arraigo como de riesgo elevado, aunque no se sume ningún otro factor.

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Un algoritmo sin actualizar desde 1993 sigue siendo un elemento de peso para dar o no permisos de salida a los presos de las cárceles españolas.
Un algoritmo sin actualizar desde 1993 sigue siendo un elemento de peso para dar o no permisos de salida a los presos de las cárceles españolas. Getty
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La alarma social que se extendió por España en 1993 a raíz del crimen de Alcàsser fue el origen de una herramienta predictiva de reincidencia criminal, la Tabla de Variables de Riesgo (TVR). Ya entonces, la fórmula recibió críticas por incluir factores que no dependen del comportamiento del preso, por tener un sesgo en contra de los extranjeros extracomunitarios sin arraigo y por ser demasiado restrictiva. 

La herramienta sigue en vigor, a pesar de que ya no ha sido actualizada desde entonces, como revela una investigación de Civio. Solo en 2024 la TVR se citó en más de 200 resoluciones de distintas audiencias provinciales como motivo de peso para otorgar o denegar permisos penitenciarios. 

Ser extranjero sin arraigo, el mayor factor de riesgo

La TVR es un algoritmo desarrollado en una época los algoritmos no eran algo habitual. El crimen de Alcàsser, uno de cuyos autores había escapado de prisión un año antes gracias a un permiso penitenciario, marcó un antes y un después en la gestión de estos permisos. Y con la preocupación por la seguridad en la agenda pública, el Ministerio de Justicia encargó al psicólogo Miguel Clemente que desarrollara una herramienta que permitiera incluir en la toma de decisiones parámetros científicos y objetivos.

Al frente de un equipo mixto de profesionales de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias e investigadores de la Universidad Complutense, Clemente analizó 21 variables -18 prefijadas por instituciones penitenciarias, a las que añadieron género, edad y duración de la condena-, el estudio definió diez factores de riesgo, cada uno con un peso específico en la ecuación. El resultado, en forma de porcentaje, asignaba un nivel de riesgo a un preso, desde muy bajo (5%) hasta alto (más del 40%). 

El simulador de la TVR permite ver la enorme diferencia de pesos entre algunos de los factores considerados. Así, volver a quebrantar las normas es uno de los indicadores que más elevan el riesgo. Pero ni siquiera haber cometido nuevos delitos durante el tiempo de condena supera el nivel de riesgo atribuido a ser un preso extranjero de fuera de la Unión Europea y sin arraigo; incluso si el resto de factores tienen la puntuación mínima. 

“Ellos opinaban [Instituciones Penitenciarias], y decían que se basaban en los casos anteriores y en múltiples entrevistas, que la nacionalidad era un factor clave a la hora de que hubiera un cumplimiento sin problemas del permiso”, recuerda Clemente en conversación con Civio.

A ese cálculo, Instituciones Penitenciarias añadió un recurso más, la Tabla de Concurrencia de Circunstancias Peculiares (CCP). Se trata de un listado de preguntas, sin fórmula de por medio, que incluye cuestiones como la trascendencia social del delito, el tiempo de condena restante o la propia puntuación en la TVR, en caso de ser superior al 65%. 

Un elemento de peso para los juzgados

Para poder optar a un permiso de salida es necesario haber cumplido un cuarto de la condena, estar en segundo o tercer grado y no tener mala conducta. Sobre esa base, las juntas de tratamiento -un órgano penitenciario formado por el director del centro y diversos profesionales, como psicólogos, sociólogos o trabajadores sociales- estudian si se concede o no el permiso utilizando, entre otras herramientas, la TVR y la CCP.

Superado el proceso interno, la decisión tiene que ser aprobada por un juzgado de vigilancia penitenciaria y, si este lo deniega, por la audiencia provincial. 

Incluso si la TVR no resulta determinante para las juntas, si sus decisiones la contradicen están obligados a motivar especialmente los acuerdos. Y a incluirla en el informe que llega a los tribunales. El análisis de las decisiones de las audiencias provinciales muestra que el juicio del TVR es bastante determinante.

En 2024, el Centro de Documentación Judicial ha publicado al menos 250 resoluciones de 19 audiencias provinciales que citan la TVR, 102 de ellas de la de Madrid. En su gran mayoría -206- se basan en el resultado del algoritmo para decidir sobre el permiso penitenciario, en 37 ocasiones en contra de la decisión de la junta de tratamiento.

Casi siempre -169- es para denegar el permiso porque el resultado va de “riesgo elevado” hasta “máximo”. Pero hay sentencias que utilizan un riesgo “normal” de la TVR para denegar el permiso en contra de la opinión de la junta de tratamiento, al considerar que es un nivel de riesgo “no asumible”.

Como se puede ver en el gráfico anterior, las resoluciones suelen ir en línea con la evaluación de la TVR cuando esta asigna niveles de riesgo elevados. Solo en unos pocos casos la sentencia final ha ido en contra del escenario planteado por el algoritmo. 

32 años sin revisión ni actualización

Miguel Clemente considera que debería haberse fijado un plan de evaluación y actualización constante de la herramienta, pero no tiene constancia de que haya sido así. “A mí nunca se me habla de renovación ni de nada, y a día de hoy no he vuelto a saber nada, lo cual me parece grave”, subraya.

Clemente, hoy catedrático de la Universidad de A Coruña y experto en psicología jurídica, explica que cuando se desarrolló la TVR la administración decidió rebajar el umbral de riesgo aceptable, haciendo que las valoraciones fueran más restrictivas. “Evita que más internos salgan a la calle para evitarse problemas, aunque sea a costa de su rehabilitación”, detalla. 

Desde Instituciones Penitenciarias han confirmado que el único cambio realizado sobre la TVR fue a principios de los 90, para incluir el delito de violencia de género y si hay resolución de expulsión judicial o administrativa en la Tabla de Concurrencia de Circunstancias Peculiares (CCP), el cuestionario que le acompaña. Pero insisten en que “para la administración penitenciaria, la TVR es una herramienta más”, que “no es determinante en el proceso de análisis”. “Lo realmente decisivo es el estudio global que realiza el equipo técnico del centro penitenciario. Un estudio complejo y multifactorial”, añaden.

Entre las críticas a la herramienta está la que se ha hecho incluso en artículos académico al peso de los distintos factores de riesgo. Más aún cuando cuestiones clave como la importancia designada a la nacionalidad surge a partir de una muestra muy pequeña: solo 83 personas de las alrededor de 1.500 que formaron la muestra del estudio tenían el perfil de extranjero de fuera de la Unión Europea y sin arraigo. Una infrarrepresentación similar a la que ocurre con las mujeres, solo 62 en toda la muestra.

Entre los profesionales consultados por Civio también aparecen reproches hacia otras variables que tampoco dependen del comportamiento del preso, como la distancia entre el lugar de disfrute del permiso y el centro penitenciario o, en un escenario circular, el hecho de no haber tenido permisos previos. 

Aunque la consideración que subyace entre los expertos gira en torno a la necesidad de garantizar una justicia individual, independiente en última instancia de las tendencias que señalan los algoritmos. Por el momento, la Tabla de Variables de Riesgo no tiene ningún cambio previsto.


Esta información es una adaptación de la investigación de Civio, parte de su serie sobre transparencia algorítmica. Puedes leer su reportaje completo en civio.es