La jueza de la dana pide que testifiquen trabajadores de una residencia donde murieron al menos seis personas
- Pide también un informe del momento y circunstancias en que se produjo el fallecimiento de varios residentes
- Las acusaciones populares apelan a la ley de Transparencia para pedir datos del coche de Mazón el 29-O


La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre en Valencia ha acordado la práctica de varias diligencias en el marco de la causa abierta por los fallecimientos provocados por la catástrofe. Entre otras cosas, ha pedido identificar a los trabajadores de una residencia de la tercera edad de Paiporta asolada por la riada y en la que fallecieron varios residentes para poderlos llamar a declarar como testigos.
En una providencia del Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja dictada el pasado día 14, la jueza requiere a la Residencia Savia de esa localidad valenciana para que informe del momento y circunstancias en que se produjo el fallecimiento de varios residentes, después de que algunos de sus familiares se hayan personado en el procedimiento.
También pide los datos identificativos de los trabajadores que fueron testigos de los hechos al estar en ese lugar la tarde y la noche de aquel 29 de octubre, y una vez verificados, se proceda a su citación como testigos ante este juzgado.
En su providencia también solicita al 112 que se remita la grabación de las llamadas que pudo hacer una víctima de la dana aquella jornada.
Asimismo, pide al Instituto de Medicina Legal de Valencia que cite para hacer "informe forense sobre daños morales y secuelas de orden psíquico" a familiares o allegados de un total de once víctimas mortales, y sobre lesiones físicas al hermano de otro fallecido.
Apelan a la ley de Transparencia para pedir datos del coche de Mazón
Por otro lado, la defensa de una de las acusaciones populares personadas en la causa ha recurrido la decisión de la jueza de no requerir datos sobre los vehículos oficiales usados por el presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, ese día, apelando a la ley valenciana de Transparencia.
En un recurso de Acció Cultural del País Valencià (ACPV) presentado ante el juzgado el pasado miércoles y al que ha tenido acceso EFE, la defensa de esta acusación popular responder así al auto dictado por la jueza de Catarroja el pasado lunes por el cual denegaba su solicitud de requerir datos sobre los vehículos oficiales usados por Carlos Mazón y sus escoltas entre las 8 horas del 29 de octubre y las 8 horas del día siguiente.
La magistrada justificaba esta negativa en la condición de aforado de Mazón, por lo que “no es factible” la "realización de diligencias de investigación sobre su actuación", ya que el juzgado de instrucción no puede ordenar la práctica de diligencias de investigación sobre su actuación respecto de esta causa.
Igualmente, denegaba la misma solicitud de diligencias respecto de la entonces consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, y de su secretario autonómico, Emilio Argüeso, (ambos investigados en esta causa), pues "no consta que los mismos no se hubieran incorporado a la reunión" del Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi) "o que dicha incorporación se hubiera efectuado con retraso".
En su recurso, la defensa de ACPV recuerda que la ley 1/2022 de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana señala que el presidente "tiene el deber de informar (art. 15) de su agenda de trabajo, que debe contener, al menos, la fecha, la descripción y la ubicación del acto o reunión, teniendo que publicarse con suficiente antelación" y que en caso de que no pueda hacerse pública con carácter previo, la publicidad se tiene que hacer a posteriori salvo que existan causas justificadas que lo impidan.
"El uso de vehículos oficiales por parte de los miembros del Consell, así como de los altos cargos del gobierno, está perfectamente regulado y su uso debe ser de público conocimiento", se argumenta en el escrito.
"Si la ciudadanía tiene un derecho insoslayable a obtener los datos solicitados por esta parte requiriéndolos al Gobierno, acudiendo al Consejo de Transparencia si se le deniega, o acudir a la vía contencioso administrativa para obtenerlos si persiste la negativa, carece de sentido que un juzgado de instrucción, que investiga hechos de extrema gravedad, no pudiera acceder a datos de extraordinaria relevancia", remarca.
Se solicita una información "que debe ser pública, que está relacionada con el uso de bienes públicos, en ejercicio de funciones públicas, sin que ninguna indefensión se pueda generar a un cargo público que tiene obligación legalmente establecida, de transparencia en sus actividades institucionales", y por ese sometimiento a la ley valenciana de Transparencia, las diligencias solicitadas respecto a Mazón "deben ser acordadas al no causar indefensión", añade el recurso.
Por ello, esta acusación popular pide a la jueza que lo admita y practique las diligencias solicitadas.