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La exconsellera Pradas niega que existiera un "mando único" y pide no ser "cabeza de turco" en la causa penal de la dana

  • La extitular autonómica de Interior ha recurrido la causa que instruye la jueza de Catarroja y solicita su archivo
  • Su número dos en la Conselleria, Emilio Argüeso, investigado en la misma causa, también ha recurrido su imputación

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Pradas alega que la están utilizando como "cabeza de turco" en la causa por la gestión de la dana
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La defensa de la exconsellera de Interior de la Generalitat Salomé Pradas ha negado que hubiera un "mando único" en la gestión de la dana y ha calificado de "absolutamente inadmisible que se seleccione como cabeza de turco" a su representada "con la pretensión de poder atribuirle la responsabilidad penal" de los fallecimientos.

Así consta en un recurso de apelación al que ha tenido acceso RTVE y en el que se solicita el archivo de la causa que instruye la jueza de Catarroja por la que fue imputada y que investiga las muertes y lesiones por la dana del 29 de octubre, que dejó 225 muertos y 3 desaparecidos.

De forma paralela, el exsecretario autonómico de Emergencias en dicho departamento, Emilio Argüeso, también investigado en el mencionado proceso judicial, ha presentado otro recurso contra su imputación en el que recuerda que "el 112 no llegó a enviar mensaje alguno al Cecopi" en toda la jornada de la dana, momento en el que actuó "con una encomiable diligencia" en el ejercicio de su cargo.

Señalan al Estado por tener "igualmente competencias"

El documento presentado por la exconsellera afirma que el auto de la magistrada parte de un "apriorismo" al atribuir "exclusivamente" a la Generalitat la responsabilidad de "alertar a la población, acordar las medidas pertinentes en el ámbito de protección civil, garantizar y minimizar las consecuencias" de la tragedia.

Ante ello, la defensa de Pradas asegura que "es preciso tener en cuenta que las competencias en las materias afectadas por la acción de la dana, no se refieren sólo a protección civil", señalando al Estado y a los organismos que dependen de él, así como la Delegación del Gobierno, la AEMT y la Confederación del Júcar por tener "igualmente competencias" en lo que se refiere a los hechos.

En este sentido, el recurso presentado atribuye el origen de lo sucedido a "la inexistencia de las obras de encauzamiento de los ríos" que arrastraron el agua por el barranco del Poyo, responsable de las riadas, y que no fueron ejecutadas "por decisiones de Administraciones anteriores".

En concreto, el texto hace referencia al proyecto de la presa de Cheste en 2005 y las obras del encauzamiento del mencionado barranco que se iban a hacer, en 2011. "Eso hubiera evitado las muertes que desgraciadamente se produjeron", afirma Pradas.

Por ello, se tilda de "disparatado" determinar la "relación de causalidad en unos hechos en los que intervinieron por acción u omisión innumerables organismos de las distintas administraciones" y enumera que existía una "selva normativa en la que aparecen incontables referencias a la necesidad de coordinación"; niega que existiera un "mando único" sino que estaba el Cecopi, constituido por representantes de diversos organismos a fin de contribuir a la toma de las decisiones y "un comité dual de dirección" formado por Pradas y la delegada del Gobierno, así como un Comité de Seguimiento.

En esta línea, añade que no había protocolos aplicativos del sistema Es-Alert ni tampoco estaba "protocolizado e implementado" en los planes de emergencia la colaboración con el 112 y las autoridades de protección civil o la información a transmitir al Cecopi sobre la posibilidad de desbordamiento de las cuencas. Además, sostiene que dar la alarma en caso de peligro inminente de rotura de presas correspondía al director del plan de gestión del riesgo de inundación, que era el director de la CHJ.

Una tragedia en cuyo origen está "la imprevisibilidad de la naturaleza"

Al margen de "la causa general" que explica la tragedia, la cual a juicio de Pradas fue la "imprevisibilidad de la naturaleza", es necesario, prosigue el documento, "tener en cuenta la compleja y abundantísima normativa administrativa existente en la materia". Al hilo de esta idea, se pide el archivo de la causa, "por su complejidad, extensión, duración en el tiempo, personas físicas y jurídicas involucradas" y las dificultades para atribuir responsabilidades penales en lo ocurrido.

"Nadie ha atentado contra la vida de los fallecidos" y la causa fundamental de esas muertes fue "la magnitud de una catástrofe natural que por sus características y velocidad de su curso constituyó un fenómeno de imposible previsión o en su defecto, de evitación", por lo que lo "procedente es el archivo", afirma el recurso.

Conviene recordar al hilo de los argumentos de Pradas, que el plan especial de inundaciones de la Comunitat Valenciana indica que el representante de la Generalitat dentro del Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi) es "la persona titular de la conselleria competente en materia de protección civil y gestión de emergencias". Esta figura, en este caso la exconsellera Pradas, "actuará en calidad de director del Plan siempre que no se declare el interés nacional", algo que no ocurrió.

Argüeso afirma que el 112 no envió mensaje alguno al Cecopi

El número dos de Pradas en la Conselleria de Interior, Emilio Argüeso, ha recurrido el auto de la magistrada de Catarroja afirmando que "el 112 no llegó a enviar mensaje alguno al Cecopi en toda la tarde/noche" del 29 de octubre. El documento, al que ha tenido acceso RTVE, insiste en que no se expresan "los motivos, hechos, indicios, situaciones, omisiones" que se le imputan para ser citado a declarar el próximo 11 de abril como investigado.

El recurso expone que en las llamadas de víctimas se aprecia que "llamaban al 112, organismo que depende de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias" y cuya gestión está asignada a "la jefa de Servicios de Coordinación de Emergencias".

Además, considera llamativo que la jueza no llame a declarar como investigada "a la responsable del 112 en aquellos fatídicos días, y sí al secretario autonómico de Seguridad y Emergencias, que era un miembro más del Cecopi, organismo donde nunca llegaron" las llamadas del 112.

La defensa del ex número dos de Pradas insiste en que "no tenía competencia orgánica o funcional alguna para decidir ni si se enviaba o no el mensaje" de alerta de la población que finalmente se mandó a las 20:11 horas, "ni el contenido del mismo, ni la hora en que debía enviarse".

El ex alto cargo insiste en que la jueza no ha relacionado en su auto la totalidad de víctimas mortales en una causa sobre presuntos homicidios imprudentes, lo que supone una "grave omisión" para poder declarar con "garantías" y teniendo "clara" la competencia territorial para la instrucción de la causa.

Reitera que "los fatídicos días de la dana" actuó en todo momento "con una encomiable diligencia" en el ejercicio de su cargo, e insiste en que "no hay motivos" para citarle a declarar como investigado, por lo que pide que se anule el auto de imputación.

La jueza cita en la causa a familiares de diecisiete fallecidos

Nuria Ruiz Tobara, la magistrada de Catarroja que instruye la causa, ha citado a lo largo de esta semana, como perjudicados a familiares y allegados de diecisiete víctimas mortales de las inundaciones, entre ellas una mujer embarazada de ocho meses.

En una providencia dictada este lunes a la que ha tenido acceso EFE, la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja ha anunciado también que no acepta que la asociación Hazteoir.org actúe como acusación popular en la causa y ha acordado devolverle la fianza consignada de 6.000 euros para personarse.

La jueza ha citado a esos familiares y allegados entre este miércoles y el viernes en la Ciudad de la Justicia de València, donde está ubicado temporalmente el juzgado de Catarroja debido a los daños que sufrieron las instalaciones judiciales de este municipio durante la riada.