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Borrador de la renta 2024: cómo consultarlo y modificarlo si se ha tenido algún error

  • Ya está disponible en la web y la app de la Agencia Tributaria
  • En él aparecerá la información sobre rendimientos, patrimonio y transacciones que el contribuyente puede revisar

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Borrador renta 2024: cómo y dónde puedes consultarlo
Imagen de archivo de varias monedas de euros sobre el teclado de un ordenador. GETTY IMAGES

La campaña de la renta de 2024 arranca este miércoles y termina el próximo 30 de junio. Uno de los primeros pasos es consultar el borrador de la renta, que es el documento donde aparecen los datos fiscales y rendimientos económicos del contribuyente. ¿Cómo acceder a él y qué pasos hay que seguir para modificarlo si se ha cometido un error?

Qué es el borrador y consejos previos

Es un documento que recoge todos los datos económicos que tiene la Agencia Tributaria del contribuyente, en este caso, los del ejercicio de 2024.

En él aparece toda la información fiscal del ciudadano, como su situación familiar, retenciones e ingresos percibidos —por ejemplo, los de las empresas para las que haya trabajado—. Sin embargo, es posible que falten datos que no hayan sido reportados a Hacienda, como otros rendimientos o deducciones a las que pueda acogerse. Por ello, hay que recordar que es un documento provisional y el ciudadano debe revisarlo antes de presentar la declaración de forma definitiva.

Los expertos sugieren examinarlo con tranquilidad y realizar las modificaciones que se consideren necesarias y ajustadas a la realidad fiscal del contribuyente.

¿Cuándo puedo acceder a él?

A partir de este miércoles, 2 de abril, tal y como figura en el calendario de la Agencia Tributaria.

¿Cómo consultarlo?

Cualquier persona puede ver su borrador en la página de la Agencia Tributaria, concretamente en el apartado de 'Servicio de tramitación de borrador/declaración Renta WEB. Para ello necesitará disponer de certificado o DNI electrónico, el sistema Cl@ve, el número de referencia de una declaración anterior o la autenticación Ciudadano UE (eIDAS). Otra vía es usar la app móvil.

Primer paso: revisa tus datos personales

Lo primero que hay que hacer es revisar el domicilio fiscal y la situación familiar que consta en el registro de Hacienda. Cabe recordar que esta campaña tiene en cuenta la información hasta el 31 de diciembre de 2024, de modo que si se han tenido hijos después de esa fecha no habrá que incluirlos en esta declaración, sino en la del próximo año para poder acceder a posibles deducciones. Lo mismo ocurre con los matrimonios y divorcios.

Segundo paso: mira los apartados más importantes

Una vez vistos estos datos, ya se pueden ir viendo los apartados más importantes. Uno de ellos es el de 'Rendimientos del trabajo', en la página 4, donde aparecerán reportados los sueldos, nóminas y pensiones de los diferentes pagadores que se hayan tenido.

En caso de ser autónomo, habrá que ir a 'Rendimientos de actividades económicas', en la página 9. Hacienda dispondrá de los ingresos y cotizaciones reportados, por ejemplo, a través de facturas e IVA, pero es posible que haya otras ganancias que no están reflejadas y que se tendrán que introducir. El organismo tampoco incluirá de forma automática los gastos deducibles y esto deberá rellenarlo el contribuyente.

Quienes hayan comprado o vendido un inmueble tendrán que dirigirse a 'Ganancias y pérdidas patrimoniales', en la página 15, donde aparecerán datos sobre la referencia catastral y las diferentes operaciones realizadas. En las páginas siguientes también se podrá revisar la información sobre la compraventa de acciones, criptomonedas y fondos de inversión.

Si se han realizado aportaciones a planes de pensiones y el banco las ha reportado correctamente, estarán reflejadas en 'Reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social'.

Este año, como novedad, la Agencia Tributaria pondrá más foco en los rendimientos obtenidos a través de plataformas digitales. Esto se refiere a las ventas de productos y servicios, y es probable que aparezca algún aviso si se llegan a los límites especificados: vender más de 30 productos de segunda mano en la misma plataforma, o si alguna de esas transacciones o el total supera los 2.000 euros.

En conclusión, en la mayoría de casos Hacienda ya dispone de la información principal sobre la fiscalidad del contribuyente, y esto será lo que refleje el borrador. Sin embargo, es probable que falten algunos datos y, de ser así, tendrá que rellenarlos con la documentación en la mano.

Deducciones: ¿cómo introducirlas y qué documentos necesito?

Otro aspecto a revisar dentro del borrador son las deducciones, tanto las estatales como las autonómicas. Estas podrán verse dentro de 'Deducciones generales', 'Deducciones autonómicas' y 'Deducciones familiares', apartados que aparecen hacia el final del borrador.

Las hay de todo tipo: por alquilar la vivienda habitual, hacer obras de eficiencia energética, gastos de guardería y escolares, discapacidad, enseñanza de idiomas, acogimiento de menores... Por ello, es conveniente conocer las deducciones que aplica cada comunidad, algo que puede consultarse en la web de la Agencia Tributaria.

¿Y cómo se aplican en el borrador? Por ejemplo, para solicitar una deducción por la compra de un vehículo eléctrico habrá que ir al apartado 'Deducción por la adquisición de vehículos eléctricos "enchufables" y de pila de combustible y puntos de recarga'. Desde la casilla 1916 en adelante se introducirán los datos sobre el coste del vehículo y la matrícula. El organismo tiene un apartado donde ofrece más detalles.

Borrador de la renta 2024: cómo consultarlo y modificarlo si se ha tenido algún error

Imagen del apartado de deducciones por compra de vehículo eléctrico en el borrador de la renta. RTVE.es / AGENCIA TRIBUTARIA

En el caso de querer optar a una deducción por mejora de eficiencia energética en la vivienda, habrá que dirigirse a 'Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas', donde se requerirán los datos sobre la referencia catastral, los importes de las obras y la calificación energética previa y resultante del inmueble. La Agencia Tributaria explica en su web más detalles sobre esta cuestión.

Borrador de la renta 2024: cómo consultarlo y modificarlo si se ha tenido algún error

Imagen del apartado de deducción por mejora de eficiencia energética de la vivienda dentro del borrador. RTVE.es / AGENCIA TRIBUTARIA

Cabe recordar que, para pedir cualquiera de estas deducciones, no es necesario entregar la documentación en el mismo momento de solicitarlas. No obstante, es conveniente tener todas las facturas y justificantes para rellenar los datos correctamente y, además, por si en un futuro Hacienda los requiere.

¿Cuánto dinero me han retenido?

Para saberlo habrá que acudir a 'Retenciones y demás pagos a cuenta', donde aparecerán las retenciones aplicadas al capital mobiliario, rendimientos económicos, ganancias y pérdidas patrimoniales y premios, entre otros. Al final, saldrá la cuantía total retenida.

¿Me sale a pagar o a devolver?

Este es el último paso. Hay que volver a la página principal del borrador, donde se verán reflejadas las variaciones dentro cada apartado en función de los datos que se hayan introducido. La cifra más grande de color azul es el resultado.

Si esta es positiva significa que ha salido a pagar, es decir, que el contribuyente debe abonar esa cuantía a Hacienda. Por el contrario, si es negativa implica que ha sido a devolver y es el organismo quien devolverá esa cantidad al contribuyente.

Cabe recordar que, en caso de no tener la obligación de presentar la declaración, aparecerá un mensaje cerca del resultado final en el que pone 'No obligado' en letras mayúsculas.

Confirmar el borrador y presentar la declaración

Hasta aquí cabía la posibilidad de revisar, añadir o modificar los datos dentro del borrador. El siguiente paso es presentar la declaración de forma definitiva y, ahora sí, con validez oficial.

Antes de hacerlo, hay que comprobar si tienes errores en la cumplimentación pulsando el botón 'Validar'. Si existe algún error, saltarán varios avisos que permitirán corregirlo. Después de esto, se puede hacer clic en 'Presentar declaración' y el contribuyente tendrá que escoger cómo quiere que Hacienda le ingrese la cuantía —si ha salido a devolver— o cómo abonarlo —si ha salido a pagar—. Aquí es importante revisar que el número de cuenta bancaria sea el correcto.

Después de esto, hay que seleccionar el botón 'Aceptar', marcar la casilla de 'Conforme' y dar al botón de 'Firmar y enviar'. Así, quedará presentada la declaración de forma oficial y, acto seguido, se generará un documento PDF a modo de justificante.

Me he equivocado, ¿puedo rectificar?

Sí. En caso de creer que falta información o tener dudas, se puede presentar una segunda declaración porque, en todo caso, la última presentada es la que tendrá validez para Hacienda.

Si el cambio es en beneficio del contribuyente —Hacienda tiene que devolverle más dinero o cobrarle menos de lo estimado—, la persona puede solicitar una rectificación de la declaración. En caso de que sea favorable a Hacienda —porque se deba pagar más al organismo o que este tenga que ingresar menos dinero al contribuyente—, se debe presentar una declaración complementaria.

Para evitar sanciones y recargos, lo conveniente es hacerlo dentro del periodo voluntario de la campaña, que abarca del 2 de abril al 30 de junio de este año, ambos incluidos.

Es preciso recordar que el contribuyente es el último responsable de la declaración que presenta y, por ello, es importante que se asegure de que no faltan datos y que los que figuran sean correctos.