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¿Qué mutualistas jubilados pueden reclamar la devolución del IRPF y cómo hacerlo?

  • Los mutualistas jubilados podrán pedir la devolución del IRPF cobrado de forma indebida entre 2019 y 2022
  • Con el nuevo cambio normativo la Agencia Tributaria permite la devolución total este 2025

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¿Qué mutualistas jubilados pueden reclamar la devolución del IRPF y cómo hacerlo?
Mujer frustrada, cansada y decepcionada contemplando facturas y papeles de impuestos en casa. GETTY

Con el arranque de la campaña de la renta 2024 los mutualistas jubilados deberán presentar un nuevo formulario en la página web de la Agencia Tributaria (AEAT) para pedir la devolución del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) cobrado de forma indebida entre 2019 y 2022. Esta medida también incluye años anteriores no prescritos. Permite solicitar de golpe todas las devoluciones de los ejercicios fiscales. De este modo se corrigen los errores de años anteriores.

Recientemente, el Ministerio cambió de postura, permitiendo otra vez que la devolución se solicite de golpe.

Hacienda estima que esta medida dejó en la incertidumbre a cerca de dos millones de mutualista. Además, ha calculado que entre las devoluciones realizadas y las pendientes la factura rondará los 6.000 millones de euros.

¿A quién afecta esta medida?

Esta medida afecta a todos los jubilados que cotizaron antes de 1967 hasta 1978. Pueden reclamar a Hacienda las devoluciones de las antiguas mutualidades laborales. Dependiendo del caso algunos mutualistas podrían recibir una devolución de hasta 4.000 euros.

Esta medida surgió a raíz de la sentencia del Tribunal Supremo 255/2023, que estableció que las aportaciones realizadas ya fueron tributadas y obliga a la AEAT a devolver las cantidades cobradas de forma inadecuada.

Durante la declaración de la renta 2023 ya se pudo hacer la solicitud de devolución, pero esta medida fue suspendida a finales del año 2024.

Cambios

Después del último giro de la Administración, ya no es necesario tener que presentar la solicitud de la devolución del IRPF año a año. Con este nuevo cambio se podrá hacer una sola vez. El nuevo procedimiento sustituye al aprobado a finales de 2024 y que ha sido eliminado de forma imprevista por el Gobierno.

Debido a la medida aprobada a finales del año anterior, todas las solicitudes de devolución presentadas antes del 22 de diciembre de 2024 fueron anuladas. Las devoluciones realizadas antes de esta fecha no vieron afectadas.

Aquellos mutualistas que no han recibido las devoluciones pertinentes deben presentar el nuevo formulario.

Como avisa la propia Agencia, está prevista una modificación normativa que permita la devolución total en 2025 de los ejercicios 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos a través del formulario presentado.

¿Cómo acceder al formulario?

Los jubilados mutualistas tendrán que acceder directamente al nuevo modelo de formulario una vez se identifiquen en la página web de la renta a través de este enlace. Los usuarios tienen la opción de identificarse a través de la plataforma Cl@ve, certificado electrónico, DNI electrónico o el número de referencia expedido para realizar los trámites correspondientes de esta campaña de la renta.

Para rellenar el formulario es suficiente con indicar un número de cuenta bancaria del que el usuario que solicita la devolución sea el titular. También es necesario un número de contacto. Posteriormente, hay que pulsar la casilla de "Firmar y Enviar". Una vez realizado este proceso los usuarios tienen la opción de guardar un pdf con la solicitud para tenerlo disponible en cualquier momento en sus dispositivos electrónicos.

Además, la AEAT, afirma que se enviará un aviso a los posibles beneficiarios de esta medida. El aviso incluye un acceso directo al formulario una vez se accede al servicio de presentación de la renta.

Por otro lado, Hacienda informó el pasado miércoles en rueda de presa a los mutualistas que soliciten la devolución también pueden beneficiarse de intereses de demora. Esta es una reclamación que habían exigido los sindicatos y jubilados afectados, respaldados por el Defensor del Pueblo.