La ley que llega esta tarde al Congreso concreta que podrán solicitar la prestación de ayuda para morir "toda persona mayor de edad, de nacionalidad española o residencia española, que se encuentre en los supuestos de enfermedad grave e incurable, pero capaz y consciente en el momento de la solicitud".
El enfermo debe hacer dos solicitudes por escrito para pedir la aplicación de la eutanasia. Primero la recibe y analiza el médico responsable del paciente y después otro experto de un equipo médico diferente. Por último, una comisión de control que va a depender de cada comunidad autónoma, establecerá si corresponde o no conceder la ayuda a morir.
La ley recoge la objeción de conciencia del médico y establece que el procedimiento estará incluido en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y será de financiación pública. Informa Ainhoa Caballero