Hace tiempo que varios países de la Unión Europea no exigen informe médico o psiquiátrico para reconocer a una persona el cambio de género, pero únicamente hay seis que solo exigen la voluntad: Dinamarca, Malta, Irlanda, Bélgica, Luxemburgo y Portugal. En el otro extremo, están los que no tienen ni leyes que reconozcan y protejan los derechos de las personas transgénero, como Hungría, Bulgaria, Macedonia o Albania. Y en el medio, con una amplísima gama de grises están todos los demás, que tienen leyes, algunas más avanzadas que otras con un denominador común: exigen un informe médico, haberse operado o haberse tratado con hormonas.
Tanto las OMS como las instituciones europeas llevan años recomendando que los países adapten sus normativas trans y las basen en el principio de autodeterminación de género, es decir, que no hagan falta ni informes médicos, ni diagnósticos, ni cirugías ni hormonación previa al cambio de género en el registro, sino que baste con la declaración expresa del interesado o interesada. Lo contrario, estiman, es ir contra los derechos de las personas trans.