Laia Tejada, abogada penalista en el despacho Molins & Parés, ha estado en el 24 horas con Josep Cuní para analizar y tratar de explicar que la Audiencia de Madrid avala la apertura de la causa contra Begoña Gómez, la mujer de Pedro Sánchez, por presunto tráfico de influencias. La abogada ha explicado que antes se utilizaba el término 'imputado', pero desde 2015 se ha cambiado a 'investigado' dada la connotación social negativa que tenía el primero.
Tejada aclara: "La condición de investigado es aquella que tiene una persona respecto a la cual se dirige un procedimiento penal por la presunta comisión de un hecho delictivo". Añade que la condición de investigado "no se adquiere cuando es llamado a declarar en calidad de investigado, sino se adquiere desde el mismo momento en que se inicia ese procedimiento penal con respecto a la persona".
La abogada del despacho Molins & Parés expresa que desde que se adquiere la condición de investigado se adquiere una serie de derechos. "En el supuesto de que se practiquen diligencias de investigación podrá estar presente el abogado de la señora Begoña Gómez, por esto es muy importante", argumenta.
Tejada considera que el procedimiento del juez que ha abierto diligencias a Gómez se ajusta al procedimiento regular: "Ha hecho una cosa que es acotar lo que sería el objeto del procedimiento porque parece ser que en esa denuncia de Manos Limpias se pone de manifiesto toda una serie de hechos [...] Es el juicio que ha realizado con mayor concreción la Audiencia Provincial", sentencia.