Agustín Ruiz Robledo, catedrático de derecho Constitucional de la Universidad de Granada, ha asegurado en Las Mañanas de RNE con Íñigo Alfonso queel estado de alarma es la herramienta legal que mejor encaje tiene para confinar perimetralmente las ciudades de la Comunidad de Madrid. “Todo lo que sea impedir la libertad de circulación es afectar a un derecho fundamental y para hacerlo necesitamos una ley orgánica. Ese es el razonamiento básico del TSJM para anular la orden [que impuso Sanidad], que la base legal no era una ley orgánica, sino una ley ordinaria”.
Ruiz Robledo defiende que la Abogacía del Estado no vio venir esta anulación del TSJM porque los tribunales superiores están siendo muy “deferentes” con las órdenes autonómicas.
“Se está admitiendo que mediante órdenes autonómicas se restrinjan derechos fundamentales y posiblemente la Abogacía del Estado pensó que si habían admitido las ordenes anteriores, también admitían esta, sin darse cuenta de que en este caso la orden no tenía apoyo en una ley orgánica, sino en una ley ordinaria”.
Ruiz Robledo apuesta por reformar la Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud pública para luchar de una manera más eficiente contra el virus y se preguntá por qué el Gobierno no modificó la legislación, teniendo en cuenta lo que podía ocurrir en esta segunda ola.
"La ley no está concebida para aislar a cinco millones de personas", ha concluido.