Constitución: Artículo 125 - Jurado popular
26/11/2018
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El artículo 125, con arreglo al principio de que la justicia emana del pueblo, crea la figura del jurado popular
El artículo 125 de la Constitución, con arreglo al principio de que la justicia emana del pueblo, crea la figura del jurado popular, que no tiene mucha tradición en España.
Javier Pérez Royo, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla, de la que también fue rector, recuerda el desarrollo de este artículo.
La Constitución fue muy timorata. El jurado popular solo se posibilita, y tardó mucho tiempo en aprobarse la ley del jurado. La experiencia se va abriendo camino y se está consolidando dentro de nuestro sistema.