El artículo 155 de la Constitución faculta al Gobierno, con el visto bueno del Senado, a intervenir en el gobierno de una comunidad autónoma
El artículo 155 de la Constitución faculta al Gobierno, previo requerimiento al presidente de la comunidad autónoma, y con el visto bueno del Senado, a intervenir en el gobierno de una comunidad autónoma si esta no cumple con sus obligaciones constitucionales o "atenta gravemente contra el interés de España".
Benigno Pendás, catedrático de Ciencia Política del CEU-San Pablo, que dirigió el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales durante la aplicación de este artículo en Cataluña, explica su alcance.
Lo deseable es que se aplique durante el menor tiempo posible, y así se ha hecho en la única circunstancia concreta en que ha tenido que llevarse a la práctica.