El artículo 20 de la Constitución reconoce la libertad de expresión, creación literaria y artística, de cátedra y a comunicar y recibir libremente información veraz
El artículo 20 de la Constitución reconoce la libertad de expresión, creación literaria y artística, de cátedra y a comunicar y recibir libremente información veraz, con el único límite el derecho a la intimidad y a la propia imagen.
Francisco Bastida, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo y experto en Derecho a la Información, analiza su contenido para RNE.
La Constitución estaba pensada para los medios institucionales de información: radio, prensa y televisión. Pero las nuevas tecnologías cambian el ámbito de la libertad de expresión, para bien y para mal.