Constitución: Artículo 50 - Pensiones y tercera edad
26/11/2018
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El artículo 50 garantiza las pensiones y sus sostenibilidad, promoviendo el bienestar de la tercera edad
El artículo 50 de la Constitución garantiza las pensiones y sus sostenibilidad, promoviendo el bienestar de la tercera edad mediante un sistema de servicios sociales.
Diego López Garrido, catedrático emérito de Derecho Constitucional de la Universidad de Castilla-La Mancha y letrado de las Cortes, analiza su contendio para RNE.
Es un artículo que necesitaría ser un derecho fundamental, que no lo es, aunque en la práctica, para los españoles, es uno de los derechos más importantes, y las movilizaciones que ahora mismo hay lo ponen de manifiesto.