Constitución: Artículo 76 - Comisiones de investigación
26/11/2018
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El artículo 76 de la Constitución regula la creación de comisiones de investigación en el Congreso y el Senado.
El artículo 76 de la Constitución regula la creación de comisiones de investigación en el Congreso y el Senado, que no son vinculantes ante los tribunales ni afectarán a las resoluciones judiciales, aunque sus resultados pueden ser comunicados a la Fiscalía.
Diego López Garrido, catedrático emérito de Derecho Constitucional de la Universidad de Castilla-La Mancha, valora para RNE la figura de la comisión de investigación
Es muy discutible que esté funcionando una comisión de investigación parlamentaria sobre el mismo asunto cuando hay un proceso judicial abierto, porque al final siempre tendrá prevalencia lo que diga el juez