Para acceder a la prestación, se deberá acreditar la situación de vulnerabilidad y llevar al menos un año residiendo de forma legal en España, lo...
Disponible hasta 21-02-2222
29/05/2020 00:02:45Para acceder a la prestación, se deberá acreditar la situación de vulnerabilidad y llevar al menos un año residiendo de forma legal en España, lo...
Disponible hasta 21-02-2222
29/05/2020 00:02:45Disponible hasta: 21-02-2222 23:00:00
Para acceder a la prestación, se deberá acreditar la situación de vulnerabilidad y llevar al menos un año residiendo de forma legal en España, lo que deja fuera a los migrantes en situación irregular.
Si bien, se contemplan algunas excepciones como en el caso de los solicitantes de protección internacional, las víctimas de trata de seres humanos, a partir de la expedición de la autorización de residencia provisional o las mujeres extranjeras víctimas de violencia de género, aunque se encuentren en situación irregular.
Asimismo, según este borrador, en caso de que el solicitante de la prestación esté emancipado, su edad mínima deberá ser de 21 años, salvo en los supuestos de mujeres víctimas de violencia de género y víctimas de trata de seres humanos, en los que se exigirá que la persona titular sea mayor de edad. El límite de edad para percibirla serán los 65 años.
También podrán acceder al ingreso mínimo aquellas mujeres víctimas de maltrato que haya abandonado su domicilio familiar habitual acompañadas de sus hijos y sus familiares hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad.