Justicia limitará su actuación a "procesos urgentes y preferentes en los que se alegue vulneración de derechos fundamentales"
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20/03/2020 00:02:13Justicia limitará su actuación a "procesos urgentes y preferentes en los que se alegue vulneración de derechos fundamentales"
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20/03/2020 00:02:13Disponible hasta: 21-02-2222 23:00:00
El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha comparecido en rueda de prensa para enumerar los servicios esenciales que se priorizarán en este estado de alarma por la pandemia del coronavirus y los ha resumiendo en "procesos urgentes y preferentes en los que se alegue vulneración de derechos fundamentales".
Los procesos que se priorizarán serán: "Expedición de licencias de enterramiento, inscripciones de nacimiento en plazos perentorios, celebración de matrimonios de conformidad con el 52 del Código Civil. Actuaciones con detenidos y otras que resulten inaplazables como la adopción de medidas cautelares urgentes, levantamientos de cadáver, entradas y registro y un largo etcétera detallado en la resolución. Cualquier actuación en causa con presos o detenidos, las actuaciones urgentes en materia de vigilancia penitenciaria", ha enumerado el ministro.
"En el orden jurisdiccional contencioso-administrativo se considera servicio esencial las autorizaciones de entradas sanitarias urgentes e inaplazables, derechos fundamentales cuya resolución tenga un carácter urgente, medidas cautelarísimas y cautelares que sean urgentes y recursos contenciosos-electorales", ha continuado Juan Carlos Campo.
Y ha concluido con el "orden jurisdiccional-social" en el que se priorizarán "la celebración de juicios declarados urgentes por la ley y las medidas cautelares urgentes y preferentes así como los procesos de expedientes de regulación de empleo (ERE) y expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE)".