La ley del matrimonio homosexual no desnaturaliza la institución... Así lo ve la mayoría de los magistrados del Constitucional que firman la sentencia. Añaden que la ley del 2005 no resta derechos a los heterosexuales. En cambio, aseguran, da un paso en la garantía de la dignidad de la persona al respetar la orientación sexual de cada uno. Entre sus argumentos, apuntan también que el artículo que establece el derecho de hombres y mujeres a contraer matrimonio, sólo identifica a los titulares de ese derecho y no con quién ejercerlo. Según los magistrados, la Constitución es un árbol vivo que debe leerse a la luz de los problemas contemporáneos. Sobre la adopción, la mayoría del tribunal considera que la ley garantiza el interés del menor. No hay certeza -indican- de que las condiciones de acogida más favorables no las pueda proporcionar una pareja homosexual.Entre los tres votos particulares en contra, el del vicepresidente del Constituiciónal. Rodríguez Arribas destaca que tal como queda definido, sin hablar del sexo, el matrimonio podría constituirse entre un tío y un sobrino. Y subraya que no puede olvidarse que también se trata de una unión sexual destinada a la perpetuación de la especie.
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