El TS fija que todo contacto corporal de tipo sexual es abuso y no coacciones
Disponible hasta 21-02-2222
20/09/2018 00:01:18El TS fija que todo contacto corporal de tipo sexual es abuso y no coacciones
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20/09/2018 00:01:18Disponible hasta: 21-02-2222 23:00:00
El Tribunal Supremo ha establecido que cualquier acción que implique un contacto corporal no consentido con propósito de obtener una satisfacción sexual supone un delito de abuso y no de coacciones leves sin perjuicio de que su mayor o menor gravedad tenga reflejo en la correspondiente pena. En una sentencia el alto tribunal considera que estas conductas han de enmarcarse en el delito de abuso sexual que está castigado con pena de prisión de seis meses a dos años y no de coacciones leves que prevé de tres meses a dos años de cárcel. La Sala recuerda que el tipo penal del abuso sexual exige como requisitos un elemento objetivo de contacto corporal, tocamiento impúdico o cualquier otra exteriorización o materialización con significación sexual.