3º) El sistema de prevención de riesgos penales de la Corporación RTVE
En un primer momento toda esta reforma dejó fuera del régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas, entre otros muchos organismos y entidades públicas, a las sociedades mercantiles estatales que ejecutaran políticas públicas o prestaran servicios de interés económico general.
Esta situación cambió con la promulgación de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, que extiende el régimen de responsabilidad penal previsto por la reforma de 2010 también a las sociedades mercantiles estatales que ejecuten políticas públicas o presten servicios de interés económico general, como es el caso de la Corporación RTVE.
Por tanto, desde la entrada en vigor de la citada Ley el pasado 1 de julio de 2015, la Corporación RTVE ha quedado plenamente sujeta al régimen de responsabilidad previsto en los artículos 31.bis y siguientes del Código Penal.
En cumplimiento de lo dispuesto en el citado Código y con objeto de asegurar la exención de la responsabilidad, o la atenuación de la eventual pena, la Corporación RTVE ha adoptado desde 2015 un modelo de organización y gestión que incluye las medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión, en el que:
1. Se han identificado las actividades de RTVE en cuyo ámbito podrían ser cometidos los delitos que deben ser prevenidos, así como las medidas de prevención, vigilancia y control existentes.
2. Se ha establecido un catálogo de conductas prohibidas para evitar la creación de situaciones favorables a la comisión de delitos.
3. Se ha previsto un procedimiento disciplinario que sanciona adecuadamente el incumplimiento de las medidas que establezca el modelo.
4. Se ha creado un canal ético para, entre otras finalidades, la comunicación de posibles comisiones de delitos y se ha atribuido a un órgano con poderes autónomos de iniciativa y de control, el Comité de Cumplimiento, la función de supervisar la eficacia de los controles internos de RTVE.
Se prevé una verificación periódica del modelo y su modificación, en su caso, cuando se pongan de manifiesto infracciones relevantes de sus disposiciones, o cuando se produzcan cambios en la organización, en la estructura de control o en la actividad desarrollada que los hagan necesarios.
Con este modelo la Corporación RTVE se ha dotado tanto de un Código Ético que establece las pautas de comportamiento de sus administradores y empleados en el desempeño diario de sus profesiones, Norma 1/2019 (que deroga la anterior 4/2015), y de una Plan de Prevención de Riesgos Penales, Norma 5/2015, con el Anexo I y el Anexo II. El Código Ético se aprobó el 17 de julio de 2019 y el Plan de Prevención el 25 de junio de 2015.
4º) El canal ético de la Corporación RTVE
La supervisión de la implantación y eficaz cumplimiento del modelo de prevención penal, del comportamiento ético de los empleados y del cumplimiento normativo en general se ha encomendado al Comité de Cumplimiento. Este órgano goza de poderes autónomos de iniciativa y de control y tiene encomendada estatutariamente la función de supervisar la eficacia de los controles internos de RTVE.
Dentro de las obligaciones o exigencias del nuevo marco regulatorio se encuentra la obligación de informar de los posibles riesgos y de los incumplimientos al órgano encargado de vigilar el funcionamiento y la observancia del modelo de prevención, por lo que la Corporación RTVE ha habilitado un canal ético a través del cual todas las personas que forman parte del grupo de interés de la Corporación RTVE (trabajadores, proveedores, clientes, partes contratantes y ciudadanos) puedan poner en conocimiento del Comité de Cumplimiento, órgano encargado de la supervisión y vigilancia de las medidas de prevención, la comisión de un hecho delictivo, o la existencia de una debilidad procedimental u organizativa que pudiera generar un riesgo.
Pueden realizarse estas denuncias o comunicaciones al Comité de Cumplimiento a través de los siguientes medios:
- Formulario en la intranet y en la web de RTVE: acceso desde la página principal ("Canal Ético")
- Correo electrónico: canal.etico@rtve.es
- Correo postal al Secretario del Órgano de Cumplimiento de RTVE en la siguiente dirección:
Secretario del Órgano de Cumplimiento de RTVE
(ref. Canal Ético - "Confidencial y Personal")
Despacho 1/016-a - Edificio Corporación
Avda. de Radiotelevisión Nº 4
28223-Pozuelo de Alarcón (Madrid)
Si bien es posible la presentación de comunicaciones anónimas, se recomienda que se aporten los datos personales para facilitar cualquier tipo de seguimiento, clarificación o asistencia durante la investigación.
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