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El artículo 31 de la Constitución establece que todos los españoles contribuirán al sostenimiento del gasto público de acuerdo a su capacidad económica mediante un sistema tributario justo. El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos.

Alberto López Basaguren, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad del País Vasco, analiza su contenido para RNE.

El sistema tributario es una columna vertebral del sistema democrático en una sociedad moderna. Y, por tanto, que los ciudadanos tengamos la sensación de que somos tratados de forma equitativa es, probablemente, uno de los elementos esenciales que nos hará que sintamos que el sistema es legítimo o ilegítimo

En Radio 5 hemos consultado con los técnicos de Hacienda qué son exactamente las sociedades instrumentales y nos han explicado que hay supuestos legales y otros al margen de la ley. Reconocen que el objetivo de crear una sociedad instrumental es, generalmente, pagar menos impuestos. Al comprar un inmueble mediante esta figura se tributa por el impuesto de sociedades, que tiene un tipo impositivo menos elevado que el del IRPF. Pero el presidente de Gestha asegura que mientras la sociedad tenga actividad y se paguen los impuestos correspondientes, estamos ante una práctica legal.

El decreto del Gobierno por el que se establece que la banca tendrá que pagar el impuesto de las hipotecas también determina que cuando los bancos concedan hipotecas a entidades a las que la ley ya eximía del pago tampoco tendrán que abonar este impuesto. Así por ejemplo, están exentos del pago de este impuesto el Estado y las Administraciones públicas territoriales e institucionales y sus establecimientos de beneficencia, cultura, Seguridad Social, docentes o de fines científicos. También los partidos políticos con representación parlamentaria, Cruz Roja, la ONCE, la Obra Pía de los Santos Lugares y la Iglesia Católica y las iglesias, confesiones y comunidades religiosas que tengan suscritos acuerdos de cooperación con el Estado.

Los bancos preparan ya cómo repercutir ese nuevo coste que tienen encima, después de que el Gobierno les obligara a asumir el impuesto sobre las hipotecas. Es decir, que al final el cliente lo acabe pagando de alguna u otra manera..... a pesar de los llamamientos del Ejecutivo. Y cuentan con un arsenal de opciones sobre la mesa.

El Gobierno ha aprobado un real decreto para que sea la banca y no el cliente la que asuma el impuesto de actos jurídicos documentados de las hipotecas, tasa que las entidades no podrán deducirse ya que también se ha modificado el impuesto de sociedades. El decreto, que entrará en vigor el sábado tras su publicación mañana en el Boletín Oficial del Estado (BOE), modifica el artículo 29 del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados para que la banca asuma el impuesto.

El Consejo de Ministros ha aprobado el decreto para que el impuesto de las hipotecas lo paguen los bancos.La medida va a entrar en vigor el sábado y el Gobierno espera contar con un amplio apoyo parlamentario para convalidar el real decreto.

El Gobierno dará luz verde este jueves a un decreto ley con el que, a partir de ahora, serán los bancos y no los clientes quienes pagarán el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados cuando firmen una hipoteca. Según ha dicho el presidente de GESTHA (Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda), Carlos Cruzado, en Las mañanas de RNE con Íñigo Alfonso, esta modificación fiscal hará que los más de 450.000 nuevos hipotecados cada año se ahorren, de media, 2.500 euros.

Los continuos cambios en la cuestión de las hipotecas también se han notado en la Bolsa, que ha registrado un repunte con respecto a las jornadas anteriores. Los más de 5.000 millones de capitalización que perdieron las entidades cotizadas se han visto en parte recuperados, aunque las subidas se han enfriado tras confirmarse el cambio en la ley para que los bancos paguen el impuesto.