En Girona, los mossos han multado a un jinete con 500 euros por ir bebido a lomos de su caballo. Casi doblaba la tasa de alcoholemia permitida para conducir. La denuncia de los policías considera al animal un vehículo.
La norma se puede aplicar a todo el que transite por una vía, con vehículo a motor o no. Ni bicicletas, ni patines, ni monopatines, ni peatones se libran de una sanción administrativa. Eso sí... Si para manejar el medio de transporte no es necesaria una licencia, los puntos, en principio, quedan intactos.