Garzón quedaría apartado del caso si acepta al PP como acusación particular
- Al recursarle los 'populares', la ley establece que quede temporalmente apartado
- En su sustitución seguiría la instrucción el juez Pedraz
- Sin embargo, si no accede a que el PP sea acusación, no podrían recusarle
- En un caso u otro, decidiría en última instancia la Sala de lo Penal de la Audiencia
- Las asociaciones judiciales no ven razones para la recusación
El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón quedaría apartado temporalmente de la investigación de la trama de corrupción relacionada con el PP si aceptase la presencia de los 'populares' como acusación particular, según han informado fuentes jurídicas.
La recusación, que ha anunciado este miércoles el presidente del PP Mariano Rajoy, se basa en que en los días posteriores a las primeras detenciones participó en una cacería junto al ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo.
Sin embargo, si el magistrado denegase la petición de los 'populares' de ser acusación particular, podría seguir al frente del caso, aunque es previsible que en ese caso el PP recurriese esta decisión ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
En la Sala de lo Penal
Por contra, en el caso de que se aceptara la personación del PP como acusación, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional quedaría apartado de la instrucción, según especifica la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM).
No obstante, la recusación no detendría en ningún caso el curso de la instrucción dado que Garzón sería reemplazado por su sustituto natural, en este caso el titular del Juzgado Central de Instrucción número 1, Santiago Pedraz.
En ese momento, Pedraz abriría una pieza separada sobre el tema que remitiría a la Sala de lo Penal, donde un magistrado designado en virtud de un turno establecido por orden de antigüedad instruiría el incidente de recusación.
Tras practicarse las pruebas solicitadas por las partes, la Sala de lo Penal adoptaría una resolución al respecto -si Garzón debe ser o no apartado del caso- que plasmaría en un auto que sólo sería recurrible en casación ante el Tribunal Supremo.
Las asociaciones no ven razones para la recusación
Por su parte, las asociaciones de jueces sostienen que la coincidencia entre el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón y el ministro de Justicia Mariano Fernández Bermejo en una cacería no es "ninguna causa" para que el magistrado sea apartado del caso Gürtel.
Los portavoces de las asociaciones Francisco de Vitoria, Foro Judicial Independiente, Jueces para la Democracia (JpD) y Asociación Profesional de la Magistratura (APM) coincidieron en defender que no se puede cuestionar la independencia del juez porque haya participado en una cacería con el titular de Justicia.
"La independencia y la profesionalidad en lo jurídico, e incluso en su comportamiento ético, no se puede poner en tela de juicio sin que existan elementos probatorios lo suficientemente convincentes para hacerlo", ha explicado el portavoz de la APM, Antonio García.
En opinión de Marcelino Sexmeno, de la Asociación Francisco de Vitoria, recusar al juez por este motivo sería "tanto como afirmar que la instrucción se está llevando a cabo por orden del ministro de Justicia", lo que sería "mucho presuponer".
Además, las asociaciones recalcaron que las causas para solicitar la recusación de un juez están estipuladas y el motivo que ahora se aduce "no aparece en ningún artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial".
Según ha explicado Conrado Gallardo, del Foro Judicial independiente, la coincidencia en la cacería en principio no casa con la legislación, en la que aparecen como causas de recusación la "amistad íntima" o "enemistad manifiesta".
"Las causas de recusación están perfectamente tasadas y, desde luego, si (el PP) la pide tendrá que argumentar evidencias y probar cuál es la causa que aduce", ha recalcado también el portavoz de JpD, Miguel Angel Jimeno.