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El Supremo confirma la condena al ex alcalde de Andratx por prevaricación

  • Eugenio Hidalgo está acusado de la construcción de una vivienda "ilegal"
  • El tribunal ha desestimado también los recursos de Jaume Massot e Ignacio Mir

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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de cuatro años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca en  mayo de 2008 al ex alcalde de Andratx, Eugenio Hidalgo, por la construcción de una vivienda en una zona de interés paisajístico (ARIP) con una licencia de ampliación de nave agrícola.

Del mismo modo, el alto tribunal también ha desestimado los recursos presentados por el ex director general de Ordenación del Territorio, Jaume Massot, y el ex letrado municipal de Andratx, Ignacio Mir, condenados respectivamente a tres años y medio y un año  de prisión.

Hidalgo fue condenado a un año de prisión como inductor de un delito de prevaricación administrativa y a 3 años como autor directo de un delito contra la ordenación del territorio, concurriendo en  este segundo la circunstancia agravante de prevalerse de su cargo  público.

Asimismo, el ex primer edil fue inhabilitado para empleo o cargo público en la administración estatal, autonómica o local por un  periodo de ocho años por el primer delito y a las penas de 3 años de cárcel e inhabilitación especial para la promoción urbanística por un tiempo de tres años.

Por otro lado, se le condenó a pagar una multa de 20 meses, con 100  euros de cuota diaria por el delito contra la ordenación del  territorio, así como a satisfacer dos sextas partes de las costas  procesales causadas, incluidas las de la acusación particular  personada.

Además, la sentencia ordenaba a Hidalgo demoler a su costa la vivienda unifamiliar construida en la finca de su propiedad o sufragar los gastos de demolición.

Por su parte, Massot fue considerado autor directo de un delito de prevaricación y cooperador necesario en un delito contra la  ordenación del territorio, mientras que Mir fue condenado por un  delito de prevaricación administrativa.