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Galicia sigue sin poder autorizar fusiones de cajas, según el Tribunal Constitucional

  • El Alto tribunal levanta la suspensión de 7 preceptos pero mantiene 3
  • La autorización previa de la Xunta retrasaría la reestructuración financiera

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El Tribunal Constitucional ha levantado la suspensión cautelar de siete preceptos de la ley gallega de cajas, pero la mantiene en otros tres, entre ellos el que exige la autorización previa de la Xunta de Galicia a cualquier fusión en la que participen Caixanova o Caixa Galicia.

La resolución del Pleno del TC llega en un momento en el que las dos cajas han acordado ya unirse para crear una gran entidad gallega, con 77.480 millones de activos, una operación aprobada por el Banco de España y que recibirá una ayuda pública de 1.162 millones de euros.

En el auto, el Alto tribunal ha decidido revisar, a petición de la Xunta y el Parlamento de Galicia, la suspensión cautelar que acordó el pasado 18 de febrero, con anterioridad a que expirara el plazo de cinco meses que establece la ley.

Los magistrados mantienen la suspensión de algunos preceptos al asumir los argumentos que había dado la Abogacía del Estado, que defendía que la respuesta a una situación de gravedad para el sistema financiero y para los ahorros de los clientes de una institución "precisa de medidas inmediatas y eficaces que eviten el pánico".

Sin autorización previa autonómica

A su juicio, estas medidas se podían ver dificultadas si se exigía la autorización autonómica de la Xunta como paso previo a cualquier decisión acordada por el Banco de España para reforzar la solvencia de una caja gallega, entre ellas la opción de crear una alianza bajo un Sistema Institucional de Protección (SIP), lo que se conoce como "fusión fría o virtual".

"En una situación de crisis de las cajas resulta imprescindible que la legislación estatal básica en la materia encuentre una inmediata aplicación sin obstáculos, pues la urgencia en la adopción de decisiones resulta de capital importancia para evitar la inestabilidad de los mercados financieros", argumenta el TC.

También mantiene la suspensión de otro precepto similar, ya que explica que la intervención autonómica previa puede llegar a "interferir o impedir" la constitución de un SIP, "con el consiguiente perjuicio para los intereses generales, vinculados a la garantía del sistema financiero nacional".

En los últimos meses de 2009 se especuló con la posibilidad de que Caixa Galicia creara un SIP con Caja Madrid y la Caja del Mediterráneo (CAM), unos rumores que desaparecieron después de que el Parlamento regional aprobara la cuestionada norma con el respaldo del PP y el BNG, frente al rechazo de los socialistas gallegos.

Recurso del Gobierno

Posteriormente, el 9 de febrero, el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, decidió promover un recurso de inconstitucionalidad, que supuso la suspensión cautelar de la norma por el Tribunal Constitucional.

El Gobierno entendió que la norma gallega iba "más allá" de las competencias autonómicas para determinar la solvencia y la naturaleza de las entidades de crédito regional.

No obstante, durante varias semanas, el Ejecutivo central y la Xunta trataron sin éxito de llegar a un acuerdo y resolver las dudas de inconstitucionalidad sobre una decena de preceptos de la norma regional.

Por último, mantiene la suspensión para que no sea estrictamente necesario que los vocales del consejo de administración de una caja gallega tengan que ser elegidos entre los miembros de la asamblea general de la entidad, ya que recuerda que la ley estatal permite escoger hasta dos miembros del consejo que no cumplan ese requisito.

Entre los apartados sobre los que se levanta la suspensión cautelar figuran los cambios en el peso de cada sector para elegir al 10% de la asamblea de una caja que corresponde a las entidades representativas.

Los magistrados entienden que no se pueden acreditar los "perjuicios irreparables" que se producirían por la vigencia de dicho artículo.