La legislación no cambia automáticamente con la sentencia europea sobre desahucios
- Los jueces pueden parar un desahucio si aprecian de oficio cláusulas abusivas
- La sentencia no tiene efectos retroactivos, ni ha cambiado el marco procesal
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la norma que regula los desahucios en España abre un resquicio a la esperanza pero "la legislación no cambia automáticamente", señala a RTVE.es la profesora de Derecho Civil de la Universidad de Santiago, Ana Díaz Martínez.
La directiva europea ampara a los jueces que decidan paralizar un desahucio si aprecian de oficio que hay claúsulas abusivas, pero los magistrados no tienen un marco procesal adecuado para actuar, por lo que es posible que los bancos recurran esas decisiones. Ahora la pelota está en el tejado del Gobierno, que antes de cambiar la ley, podría aprobar una moratoria.
Esta jurista indica que el fallo "no es un cambio legislativo y las consecuencias no son tan rotundas". De momento, solo significa que el "Derecho español no está ajustado a la legislación comunitaria y tendrá que ajustarse" para proteger a los consumidores. El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ha afirmado que "lógicamente" va a modificar la normativa.
“El juez tendría que inventarse un trámite procesal“
La profesora de Derecho Civil apunta que "a partir de ahora el juez puede apreciar de oficio la nulidad de una cláusula abusiva" en un préstamo hipotecario. Sin embargo, hasta que no se modifique la ley de enjuciamiento "no tiene ningún margen procesal para hacerlo, tendría que inventarse un trámite procesal, comunicárselo a las partes, y eso no está permitido".
Díaz Martínez aprecia que la "aplicación de la doctrina jurídica va clarificando cosas", pero que se tendrán que determinar en cada proceso que se inicie. En ningún caso, la sentencia europea tiene una aplicación retroactiva ni paraliza las ejecuciones hipotecarias en curso.
El problema es que "ni en la ejecución hipotecaria se puede entrar a valorar las cláusulas abusivas, ni en un juicio declarativo se puede adaptar medidas cautelares que paralicen el desahucio" apunta la profesora de la Universidad de Santiago. En su opinión, "un juez tiene que tener un apoyo legal, la aplicación directa para paralizarlo todo es muy difícil".
“Es de locos que siga en vigor una norma contraria al Derecho comunitario“
Hasta que la legislación se modifique, Díaz Martínez apunta que sería útil una moratoria para paralizar las ejecuciones presupuestarias, porque es "de locos que siga en vigor una norma contraria al Derecho comunitario" pero matiza que es una decisión del Legislativo. Todos los grupos parlamentarios, salvo el PP, han pedido al Gobierno que pare los desahucios con un decreto ley de medidas urgentes.
"Aplicación inmediata"
Los jueces parecen más optimistas. El presidente del Tribunal Supremo, Gonzalo Moliner, apunta que es "inmediatamente aplicable" porque es una interpretación de una directiva comunitaria" y destaca a Europa Press que "posiblemente algún juez español lo haya interpretado ya así, porque era posible antes de que lo dijera el Tribunal europeo".
El juez de Barcelona que planteo la cuestión al Tribunal de la UE, José María Fernández Seijo, ha señalado a EFE que la sentencia "va a modificar totalmente las reglas del juego" y obligará a cambiar el artículo 698 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que impide al juez detener las ejecuciones hipotecarias en el caso de observar cláusulas abusivas.
Para Fernández Seijo, el fallo europeo supone una oportunidad para que los jueces, que en su opinión "tienen muy mala imagen social", puedan "reconciliarse con la sociedad, y que la gente se dé cuenta de que también hacen cosas útiles".
Con todo, es posible que los jueces adopten decisiones arriesgadas pero "los bancos recurrirán ante las Audiencias Provinciales y habrá que ver las sentencias" añade Díaz Martínez.
“No es suficiente, aquí no termina todo“
El Sindicato de Secretarios Judiciales (SiSeJ) ha ido más lejos. En un comunicado, aseguran que deben suspender las subastas ya señaladas y los lanzamientos "siempre que el demandado sea una persona física y el secretario estime la existencia de cláusulas abusivas, dando cuenta al juez o magistrado".
Aunque ven positiva la sentencia, han expresado también su opinión de que "no es suficiente y que sería erróneo considerar que aquí termina todo".
Han insistido en que desde hace más de dos años reclaman una reforma en profundidad del procedimiento de ejecución hipotecaria, sin que hasta ahora se haya hecho otra cosa que "una operación de maquillaje" con la aprobación del decreto 27/2012 de medidas de protección de los deudores hipotecarios.