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El Parlamento Europeo aprueba limitar las primas que cobran los banqueros

  • Las primas no podrán superar el sueldo fijo
  • Si una mayoría de accionistas lo aprueba, los bonus podrán duplicar el salario
  • La directiva europea ratificada fija un mínimo del 8% de capital principal
  • Se trata de la trasposición comunitaria de las reglas internacionales de Basilea III
  • Entrará en vigor el 1 de enero de 2014

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El Parlamento Europeo ha aprobado este martes una normativa que impondrá límites a sus primas y un mínimo de capital principal -el de mayor calidad- del 8% para blindar la banca europea ante futuras crisis.

Los eurodiputados han dado luz verde a la directiva de requisitos de capital que establece duras sanciones ante su incumplimiento y que pasan por una lista pública de sanciones, así como multas de hasta 5 millones de euros para las personas físicas responsables.

El documento aprobado este jueves fue acordado entre la Eurocámara y la Presidencia irlandesa a finales de febrero, después de una larga negociación en la que Londres trató de evitar que se impusiera un tope a las retribuciones extraordinarias de los directivos de banca. Los ministros de Economía y Finanzas ratificaron ese pacto a principios de marzo en la reunión del Ecofin.

Esta reforma, que entrará en vigor el 1 de enero de 2014, es la traducción al derecho comunitario del conjunto de normas internacionales sobre capital bancario, conocidas como Basilea III, y acordadas en el G20.

La exigencia de un mayor porcentaje de capital de máxima calidad pretende evitar que se repita lo sucedido durante la crisis financiera que comenzó en EE.UU. en 2007, cuando los bancos no contaban con suficiente capital de calidad para hacer frente al profundo deterioro de sus activos inmobiliarios y, muchos de ellos, tuvieron que ser rescatados con dinero público, según han destacado los eurodiputados durante el Pleno en la Eurocámara.

De esta forma, se espera asegurar que las entidades sean capaces de hacer frente a las peticiones de devolución de depósitos y al pago de deudas a acreedores en un contexto de crisis financiera como el que ha llevado al rescate de un gran número de bancos en la zona del euro.

Límite a las primas

En lo referente a las primas que cobran los ejecutivos de la banca europea -y que no tenían techo establecido en la ley-, a partir del próximo enero no podrán recibir primas superiores a su sueldo fijo anual, aunque podrán llegar a duplicar esa cantidad si cuentan con la luz verde de la mayoría de accionistas.

Igualmente, la directiva europea obligará a los bancos a hacer frente a nuevas exigencias de transparencia.

En ese espíritu se establecen duras sanciones contra las entidades y los banqueros que no cumplan con la nueva regulación bancaria, aunque su detalle y ejecución queda en manos de los Estados miembros.

Se establecen algunas sanciones mínimas en la directiva como "una declaración pública que indique la persona física o jurídica y la naturaleza de la infracción".

Si el infractor es un banco como persona jurídica se prevé "la revocación de la autorización de la entidad", así como "sanciones pecuniarias administrativas de hasta el 10% de su volumen de negocios total en el ejercicio anterior".

En el caso de las personas físicas, se prevé "la imposición de una prohibición temporal de ejercer funciones en entidades a alguno de los miembros del órgano de dirección de la entidad o a cualquier otra persona física que se considere responsable" y multas de hasta cinco millones de euros.