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Los consumidores tendrán que tener constancia escrita de los contratos por teléfono o por internet

  • Se regulan más las cláusulas abusivas y se aclara el derecho de desestimiento
  • La atención telefónica al cliente no puede costar más que la tarifa básica

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Nuevas medidas del anteproyecto de Ley para la Defensa de los Consumidores

El Consejo de ministros ha aprobado el anteproyecto de ley que traspone una directiva comunitaria sobre los derechos de los consumidores en los contratos a distancia como los que se usan en internet o se realizan por teléfono.

La vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, ha señalado que se producen "avances en temas clave como las cláusulas abusivas y el derecho a desistir" cuando el bien o el servicio no responde con lo esperado y regula las consecuencias de la falta de información.

En los contratos a distancia, el empresario tendrá que velar "especialmente" por que el consumidor "es consciente de todo lo que tiene que pagar, que el precio final sea bien conocido antes de darle a la tecla que pone fin a la transacción", ha explicado Sáenz de Santamaría.

Si el empresario no obtiene el consentimiento expreso del consumidor para un pago adicional al acordado y, en su lugar, lo deduce utilizando opciones por defecto, el usuario tendrá derecho al reembolso del pago.

La nueva ley amplía el plazo legal para que el consumidor pueda desistir del contrato de 7 a un mínimo de 14 días naturales. En caso de no haber recibido la información acerca del derecho a desistir, se amplía de tres a 12 meses. Además, la norma irá acompañada de un formulario de desestimiento "para que puedan usarlo todos los consumidores y empresarios".

Constancia por escrito

En los contratos telefónicos el usuario solo quedará vinculado una vez haya firmado la oferta o enviado su acuerdo por escrito en papel, por fax, correo electrónico o SMS. Además los servicios telefónicos de atención al cliente no podrán ser de tarificación adicional y solo se cobrará la tarifa básica.

Con respecto a las cláusulas abusivas, antes el juez las eliminaba del contrato y el resto del documento seguía en vigor. Ahora si una vez eliminada la cláusula abusiva el contrato sigue desequilibrado a favor de la parte más fuerte, el juez puede considerarlo ineficaz por lo que se evitará su inclusión.

Además, ha añadido la vicepresidenta que, con este anteproyecto, se eliminan "las disparidades existentes" entre la legislación española y la europea ya que, en el caso del comercio on line, "la separación de fronteras es todavía más clara".

Sáez de Santamaría ha señalado que el empresario deberá "facilitar la información precontractual de forma clara y comprensible, y al menos en castellano". También deberá informar de la existencia de depósitos u otras garantías, así como de la existencia y condiciones del servicio postventa, es decir, "no se pueden endosar sin más servicios de venta o establecimiento de garantías que tenga que constituir el consumidor".

Se aumenta la información que, por ley, habrá que facilitar a los consumidores, y se les dota de nuevos derechos en cuanto a los plazos de entrega y riesgo de pérdida o deterioro del bien adquirido.

El Gobierno también ha dado luz verde al anteproyecto de Ley de Evaluación Ambiental que supone una "reforma estructural" que conjuga, "la necesaria reforma" de los procedimientos administrativos, para que sean más ágiles y se cumplan los plazos, con la protección del medio ambiente, ha apuntado la vicepresidenta.