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Una jueza archiva la causa contra 22 controladores de Palma porque no cometieron delito de sedición

  • Los controladores paralizaron el tráfico aéreo el 2 y 3 de diciembre de 2010
  • La jueza cree que fue "abandono impropio" y "fraude de ley" pero no un delito
  • Contra el auto del Tribunal Superior de Justicia de Baleares cabe recurso

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La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Palma ha dictado un auto en el que acuerda el sobreseimiento libre y archivo de las actuaciones seguidas contra 22 controladores de Palma por los hechos ocurridos los días 2 y 3 de diciembre de 2010, que provocaron la paralización del tráfico aéreo.

El auto, contra el que cabe recurso, considera que los hechos de aquel puente de la Constitución no son constitutivos del delito de sedición por el que habían sido imputados, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares en un comunicado. En Canarias, otra jueza también ha archivado la causa.

La jueza considera que se trata de "un abandono impropio" y que, en el ámbito civil, se podría afirmar que lo ocurrido fue "un fraude de ley por haberse utilizado una vía oblicua" para alcanzar "un fin prohibido por el ordenamiento jurídico, la huelga ilegal", pero no es extensivo al ámbito penal y por tanto no es un hecho delictivo.

El auto recuerda que tras la publicación el 3 de noviembre de 2010 de un real decreto que perjudicaba a las condiciones de trabajo de los controladores, entre 60 y 70 profesionales de Palma se reunieron en asamblea.

Indisposición para trabajar

Sobre el hecho de que después los controladores empezaran a sentirse indispuestos para trabajar, la magistrada señala que "no existen indicios suficientes para determinar el contenido exacto del acuerdo ni si fue solo tomado por varios y luego obtuvo, de facto, la adhesión o seguimiento de otros, o si fue puramente espontáneo y contagioso".

Detalla que de los 23 controladores que debían prestar servicio, 19 alegaron disminución de capacidad, uno estaba en situación de incapacidad temporal y el resto se presentaron y trabajaron. Los indispuestos, tras ser atendidos por un médico, se quedaron en las dependencias del centro de control y accedieron a prolongar su jornada de trabajo hasta que se solucionaran los relevos.

Posteriormente, ante la ralentización del tráfico y los retrasos, muchas compañías aéreas cancelaron sus vuelos y se fueron cerrando sectores aéreos, aunque el auto puntualiza que todos los aviones con llegada a Palma fueron atendidos. La jueza concluye que los hechos no son constitutivos del delito de sedición.

Siguieron "escrupulosamente" el procedimiento

En el auto, explica que las diligencias evidencian "el concierto previo de todos o la mayor parte de los imputados para, en actitud de protesta, abandonar el servicio, sabiendo que iban a perturbarlo del modo más grave". Pero puntualiza: "difícil resulta hablar de abandono en el sentido de apartamiento del lugar, de falta de disposición a las órdenes recibidas, de renuencia a su cumplimiento, de falta o suministro de explicación, de negativa, indisciplina, etc".

"Más bien estaríamos ante, a lo sumo, 'un abandono impropio' u obstaculización,  por cuanto lo cierto es que, en su gran mayoría, los controladores que decían sentirse indispuestos, siguieron escrupulosamente el procedimiento previsto para estos casos y que se les iba indicando", indica la jueza, que añade que no abandonaron la torre de control y no se negaron abiertamente a controlar el tráfico.

La jueza precisa que "a nadie se le escapa" que "la trama" fue "buscada y propiciada por los propios controladores" que exageraron sus estados de ansiedad, nerviosismo y estrés, en actitud de protesta, "si bien no caben en esta vía interpretaciones extensivas de los tipos penales y el abandono descrito, en la forma en que se ha hecho, no es tal, por lo menos en la gran mayoría de los casos".

Añade que las legítimas pretensiones de los perjudicados pueden ser reclamadas en la vía civil o contencioso-administrativa. Queda pendiente de resolverse un recurso de apelación sobre la acumulación de las diligencias que se practicaban en Palma con las seguidas por iguales hechos en Ibiza y Mahón.