La compra de deuda del BCE planeada en 2012 es legal si cumple determinadas condiciones
- El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE la apoya en un dictamen
- El BCE deberá desvincularse del rescate del país del que compra bonos
- También avisa que no debe distorsionar la formación de precios en el mercado
El programa de compras ilimitadas de deuda pública en el mercado secundario del Banco Central Europeo (OMT, por sus siglas en inglés) "es compatible, en principio, con los Tratados", pero deberá cumplir con determinadas condiciones cuando se ponga en marcha, según el dictamen del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Pedro Cruz Villalón, publicado este miércoles. El programa del BCE -que no se ha aplicado nunca- fue anunciado por el presidente del Banco Central Europeo, Mario Draghi, en verano de 2012 y al que se atribuye haber puesto fin a la crisis que amenazaba la existencia del euro.
La opinión del abogado general no es vinculante, aunque los jueces de Luxemburgo siguen sus recomendaciones en el 80% de los casos.
Según el dictamen de Cruz Villalón, el programa del BCE respetará los Tratados de la UE siempre que el organismo emisor lo motive adecuadamente y el BCE no participe directamente en el rescate financiero al país del que adquiere los bonos, evitando así que pase de ser una medida monetaria a ser una parte de la política económica.
Tras conocer este texto, el miembro luxemburgués del comité ejecutivo del BCE, Yves Mersch, ha señalado que la opinión del abogado general es "un hito importante" y respalda la convicción de la entidad monetaria de que el programa era legal y cumple con su mandato de asegurar la estabilidad de precios.
Influencia en el plan que prepara ahora el BCE
Este documento puede influir en el plan que prepara actualmente el BCE para comprar bonos soberanos en el mercado secundario para combatir los riesgos derivados de la baja inflación, y que podría anunciarse el próximo 22 de enero pese a la incertidumbre que existe en torno al resultado de las elecciones en Grecia del 25 de enero.
Este futuro plan choca de nuevo con la oposición del Bundesbank, el banco central alemán. También coincide con nuevas especulaciones sobre la salida de Grecia del euro tras esos comicios.
En el avance publicado este miércoles de una entrevista del diario alemán Die Zeit, el presidente del BCE ha confirmado que la institución se está preparando para comprar deuda soberana de los países de la zona euro y ha recalcado que todos sus miembros están decididos a cumplir con el mandato del organismo."Por supuesto que hay diferencias en cuanto a cómo debe hacerse, pero no es como si tuviéramos un sinfín de posibilidades", señala Mario Draghi.
Ante las críticas recibidas por parte de políticos y economistas alemanes, Draghi asegura que la institución no pretende dar ventajas a un país u otro ni tampoco "castigar a los ahorradores alemanes". En este sentido, recalcó que, aunque el BCE fue fundado siguiendo la tradición del Bundesbank, existe una gran diferencia con este organismo, ya que el BCE "es responsable no sólo de un país sino de 19". Por ello, remarca que las herramientas son diferentes, y eso es algo que debe ser comprendido por Alemania, pese a que a veces sea difícil de explicar.
Precisamente, el dictamen conocido este miércoles responde a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Constitucional de Alemania. Los jueces alemanes pusieron en duda que este programa se ajuste a los Tratados, pero decidieron por primera vez en la historia consultar al Tribunal de Justicia de la UE.
Una vez conocido el dictamen del abogado general, se debe pronunciar el Tribunal de Justicia europeo, pero su fallo no resuelve el litigio nacional. Así, el Tribunal Constitucional alemán -y cualquiera que admita una causa similar- deberá resolver el litigio de conformidad con la decisión de la Corte europea.
"Una medida inacabada" que no se ha aplicado hasta ahora
El 26 de julio de 2012, en una conferencia en Londres, Draghi anunció la compra de deuda pública en el mercado secundario y remarcó que, "dentro de su mandato, el BCE está dispuesto a hacer lo que sea necesario para preservar el euro. Y créanme, será suficiente". Sus palabras lograron calmar a los mercados y empezar a reducir las primas de riesgo de países como España o Italia, que estaban marcando máximos.
Posteriormente, en septiembre, el BCE publicó algunos detalles técnicos del programa de compra de deuda pública de los Estados de la eurozona en los mercados secundarios. Así, se fijaron determinadas condiciones: que los Estados concernidos debían estar sujetos a un programa de asistencia financiera de uno de los fondos de rescate europeos (el temporal o el permanente), que las compras debían ira acompañadas de compras por parte de esos fondos europeos en el mercado primario (autorizadas por unanimidad por los Estados miembros), que las operaciones se centrarían en los plazos de deuda más cortos, que el BCE recibiría el mismo trato que los acreedores privados, y que el BCE se comprometía a drenar todo el exceso de liquidez generada por esas compras.
Sin embargo, el dictamen advierte que el programa OMT es "una medida inacabada", ya que en aquel comunicado de prensa "solo se expusieron sus características técnicas básicas, no se ha aprobado formalmente, y su aplicación concreta no ha tenido lugar". Por eso, avisa de que su análisis se ha realizado sobre lo que se dió a conocer entonces.
Sobre esa base, el abogado general concluye que el programa OMT "no infringe el principio de proporcionalidad y puede considerarse lícito a condición de que, cuando llegue la hora en que ha ya de aplicarse, se cumplan estrictamente el deber de motivación y las exigencias derivadas del principio de proporcionalidad".
Si comprase bonos de un país no podría participar en su rescate
En concreto, el Tribunal Constitucional alemán preguntó a la Corte europea si el programa de compra ilimitada de deuda, que nunca se ha puesto en marcha, excede el mandato del BCE en materia de política monetaria, usurpa competencias de los Estados miembros e infringe la prohibición de financiación monetaria de los Estados miembros impuesta por los Tratados.
La respuesta del abogado general de la Corte de Luxemburgo a la cuestión de si el programa OMT constituye en realidad una medida de política económica en vez de monetaria, señala que "se enmarca en la política monetaria que el Tratado atribuye al BCE y no constituye una medida de política económica, siempre que, durante la completa ejecución de un eventual programa OMT, el BCE se abstenga de toda intervención directa en los programas de asistencia financiera a los que se vincula dicho programa".
El dictamen recuerda que "el BCE participa en el diseño de la condicionalidad impuesta al Estado solicitante de la asistencia, al tiempo que, con posterioridad, también participa en las misiones de evaluación del cumplimiento de la condicionalidad, cruciales para la efectiva continuación y eventual terminación del programa".
Ese hecho, continúa el documento, "puede convertir al programa OMT (...) en algo más que una medida de política monetaria. Pues no es lo mismo condicionar unilateralmente la compra de deuda pública al cumplimiento de unas condiciones fijadas por un tercero, que hacerlo cuando ese tercero no es exactamente tal".
"En estas circunstancias, la compra condicionada de deuda puede convertirse en un instrumento más de dicha condicionalidad. Y el simple hecho de que se pueda percibir así, como un instrumento al servicio de la condicionalidad macroeconómica, puede tener suficiente impacto como para desvirtuar o incluso desnaturalizar los objetivos de política monetaria que persigue el programa OMT.
Explicar las circunstancias extraordinarias que lo motivan
Además, avisa de que "si el programa llega a ponerse en práctica, tanto el acto jurídico que le dé forma como su aplicación" deberán explicar "adecuadamente la adopción de una medida no convencional (...), identificando con claridad y precisión la circunstancia extraordinaria que la justifica".
Así, especifica que el órgano emisor de la eurozona "deberá proporcionar indicaciones precisas que confirmen una alteración significativa de las circunstancias del mercado causantes de un trastorno exógeno sobre los canales de transmisión de la política monetaria".
También tendrá que detallar "en qué medida se han visto bloqueados sus canales de transmisión, sin que pueda ser suficiente una mera declaración a este respecto. El BCE debe proporcionar elementos confirmatorios de la existencia de un bloqueo semejante".
Toda esa motivación tendrá que hacerse pública y con plena transparencia, "asegurando la confidencialidad de los aspectos estrictamente imprescindibles cuya revelación puedan comprometer la eficacia del programa".
Debe garantizar que no se financie a los Estados
Respecto a la segunda cuestión del tribunal alemán sobre si el programa viola la prohibición de financiar directamente a los Estados miembros, el abogado general recuerda que "esta prohibición es una regla fundamental del marco constitucional que rige la Unión Económica y Monetaria", por lo que "sus excepciones deben interpretarse restrictivamente".
Indica que los Tratados "no prohíben las operaciones en el mercado secundario (pues de lo contrario se estaría privando al Eurosistema de una herramienta indispensable para el normal desempeño de las funciones ligadas a la política monetaria), pero sí exige que, cuando el BCE intervenga en dicho mercado, lo haga con garantías suficientes que permitan conciliar su intervención con la prohibición de financiación monetaria".
El dictamen reconoce que la compra de deuda en el mercado secundario "puede inducir, inevitablemente, en cierta medida a los inversores a adquirir deuda en el mercado primario", por lo que advierte que el BCE tendrá que actuar "con especial cautela al intervenir en el mercado secundario, con el fin de evitar conductas especulativas que desvirtúen la eficacia del programa OMT".
Por último, señala que, para respetar la prohibición de financiación monetaria, si llega a aplicarse, el programa OMT deberá permitir que los títulos de deuda pública afectados "alcancen un precio de mercado, a fin de que siga existiendo una diferencia efectiva entre una adquisición de títulos en el mercado primario y en el secundario (ya que una compra en el mercado secundario realizada segundos después del instante de la emisión de los títulos en el mercado primario podría volatilizar la distinción entre ambos mercados)".