La Justicia europea anula la sentencia que confirmó la multa de 1.060 millones a Intel
- La empresa estadounidense recibió la sanción por abuso de posición dominante
- El Tribunal General examinará ahora las alegaciones de Intel
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha anulado la sentencia del Tribunal General de la UE que confirmó la multa de 1.060 millones de euros impuesta por la Comisión Europea a la empresa estadounidense Intel por abusar de su posición dominante.
Los jueces europeos devolvieron el asunto al Tribunal General para que examine las alegaciones de Intel sobre la capacidad de los descuentos condicionados a los fabricantes para restringir la competencia.
El grupo informático estadounidense ya fue investigado y sancionado en 2009 por Bruselas por un abuso de posición dominante con el que pretendía expulsar del mercado de microprocesadores a sus rivales, especialmente a AMD.
Un 70% de cuota de mercado
La Comisión consideró que Intel ocupaba una posición dominante porque poseía una cuota de mercado de alrededor del 70% o más y porque para los competidores resultaba extremadamente difícil entrar en el mercado y expandirse.
Según la Comisión, el abuso consistió en diversas medidas adoptadas por Intel respecto a sus propios clientes -fabricantes de ordenadores- y al distribuidor europeo de dispositivos microelectrónicos Media-Saturn-Holding, más conocido como MediaMarkt.
Así, según la CE, Intel concedió descuentos a cuatro destacados fabricantes de ordenadores (Dell, Lenovo, HP y NEC) con la condición de que éstos le compraran la totalidad o la casi totalidad de sus CPUs x86.
Intel interpuso ante el Tribunal General un recurso contra la decisión de la Comisión, en el que solicitaba su anulación o una reducción sustancial de la multa. El Tribunal General desestimó en junio de 2014 el recurso de Intel en su totalidad.
Estimado el recurso de casación
En respuesta, Intel presentó un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia, argumentando que la instancia inferior incurrió en un error de Derecho al no examinar los descuentos controvertidos tomando en consideración la totalidad de las circunstancias del asunto.
Este miércoles el TJUE ha llegado a la conclusión de que el Tribunal General estaba obligado a examinar todos las alegaciones de Intel sobre dicho test (por ejemplo, los errores en la realización del test que Intel reprochaba a la Comisión), cosa que no hizo.
Por ello, anula la sentencia del Tribunal General, al considerar que este no estudió las alegaciones al analizar la capacidad de los descuentos controvertidos para restringir la competencia. Añade que ese tribunal deberá reexaminar, a la luz de las alegaciones formuladas por Intel, la capacidad de los descuentos controvertidos para restringir la competencia.