La sentencia del Tribunal Constitucional que revocó el veto del Supremo a Bildu y permite su participación en las elecciones del 22 de mayo reconoce que existe una estrategia de ETA/Batasuna para estar en las urnas a través de partidos legales, pero señala que no puede concluirse que la coalición electoral integrada por Eusko Alkartasuna, Alternatiba e independientes de la izquierda abertzale haya sido "instrumentalizada" con este fin.
Por su parte, los cinco magistrados discrepantes, partidarios de que Bildu no hubiera estado en las elecciones del 22 de mayo, sostienen que este órgano se ha extralimitado en sus funciones constitucionales al volver a evaluar las pruebas que ya había analizado el Tribunal Supremo (TS). "Se deberían haber ceñido al análisis de la prueba hecha por el Supremo", dice el juez Rodríguez Arribas que explica que "quienes van a cometer un fraude no acuden al notario". Pérez de los Cobos habla de "exceso de jurisdicción" y Francisco Hernando dice que lo que le toca al Constitucional es comprobar que no se vulneren los derechos fundamentales.
Manuel Aragón niega que haya "insuficiencia probatoria" de los indicios del Supremo. Un tribunal, dice Javier Delgado, que concluyó, con pruebas y no sospechas, que Bildu es continuación de Batasuna.