- El Gobierno informa de que ha recibido una comunicación del tribunal
- El ministro afirma que la aprobación del decreto sobre el sector es "urgentísima"
- Los estibadores piden reunirse con Iñigo de la Serna para hablar del decreto
Las empresas pueden prohibir a sus empleados el uso del velo islámico o de cualquier otro símbolo político, filosófico o religioso en el lugar de trabajo, si existe una norma interna en este sentido. Así lo ha fallado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) en una sentencia que responde a los casos de dos mujeres, una en Francia y otra en Bélgica, que fueron despedidas por negarse a prescindir del velo en el lugar de trabajo.
- La empresa puede prohibir símbolos políticos, filosóficos o religiosos
- La sentencia se produce por el caso de dos mujeres despedidas por no quitarse el velo
- Los críticos de la sentencia temen que excluya a las mujeres musulmanas de los trabajos
El Gobierno pide al Constitucional que plantee una cuestión prejudicial al TJUE sobre el bono social
- Cree que el Supremo interpretó una directiva de la UE sin tener potestad
- El recurso gana tiempo ante una indemnización de 500 millones a las eléctricas
- Energía ve "asumible" aplicar criterios de renta al bono social
- La CE reclama a Apple 13.000 millones en impuestos no pagados en Irlanda
- Apple cree que Bruselas ha "interpretado erróneamente" el Derecho irlandés
- Asegura que la Comisión Europea fue "diligente y parcial" en sus decisiones
- Defiende que estos beneficios deben tributarse en EE.UU. y no en Irlanda
- El TUE no ve abuso si el acreedor llega a "un acuerdo voluntario con el deudor"
- La justicia de los Estados es la responsable de comprobar este punto
- El tribunal respalda el plan de pago a proveedores del Gobierno creado en 2012
- En general, la normativa de la UE considera "abusivo" excluir el interés de demora
- Los negociadores se emplazan al martes para una nueva reunión
- El 2 de febrero se avanzó una proyecto que no convence a los trabajadores
- Estibadores y sindicatos temen una precarización de las condiciones de trabajo
- El Gobierno afirma que es una obligación comunitaria y la patronal, necesario
La PAH exige la nulidad de todos los desahucios desde 1995 tras la sentencia del TUE sobre hipotecas
- Iniciarán una campaña para exigir la nulidad de las ejecuciones hipotecarias
- Es la octava sentencia en la que el tribunal cuestiona la normativa hipotecaria
- Luxemburgo responde a cuestiones prejudiciales de un juez de Cantabria
- Se paró una ejecución hipotecaria por una cláusula de vencimiento abusiva
- Europa vuelve a sentenciar contra el plazo de reclamación de la ley española
Los tribunales españoles han empezado a aplicar la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que declaraba la retroactividad total de las cláusulas suelo incluidas en los contratos hipotecarios, dada a conocer el pasado 21 de diciembre.
- Un juzgado de Barcelona da la razón a un cliente y aplica la retroactividad
- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea rectificó el plazo de reclamación
- El Supremo declaró abusuvias algunas cláusulas por "falta de transparencia"
El Gobierno aprobará un Código de Buenas Prácticas para que los bancos devuelvan las cláusulas suelo
- Su adhesión por parte de la banca será voluntaria, según Méndez de Vigo
- Una sentencia europea obliga a las entidades a devolver lo cobrado de más
- El Banco de España calcula en 4.000 millones el impacto económico
- El fallo europeo afecta a aquellas cláusulas suelo consideradas abusivas
- La sentencia no garantiza que los afectados cobren de forma automática
- Los clientes deben reclamar a las entidades la cantidad cobrada de más
- Los consumidores piden a la banca que devuelva el dinero "de oficio"
- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea anula el fallo que las avaló
- Considera que el tribunal de primera instancia "incurrió en error de Derecho"
Valora que la bonificación "no aplica correctamente el carácter selectivo"
La justicia europea sentencia que la banca debe devolver todo lo cobrado por las cláusulas suelo
- El Supremo dictaminó que se podía reclamar lo cobrado desde mayo de 2013
- La sentencia amplía el derecho a reclamación a toda la vida del crédito
- El Banco de España cifra el impacto en torno a los 4.000 millones de euros
El Tribunal Supremo ha anulado el canon digital aprobado el gobierno en 2012 que preveía el pago, con cargo a los Presupuestos del Estado, de una compensación a los autores por las copias de sus obras por los particulares. El fallo se produce en ejecución del dictamen del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con sede en Luxemburgo, que el pasado mes de junio consideró inválido este sistema.
El Supremo ya había considerado que de acuerdo a la legislación española no cabían reproches al sistema ideado por el Gobierno de Mariano Rajoy. Solo se suscitaban dudas "en torno a un problema de derecho de la Unión Europea", según expone la sentencia de la Sala de lo Contencioso del alto tribunal, conocida este viernes.
- Ejecuta el fallo del Tribunal de Justicia de la UE, que lo consideró inválido
- Este sistema preveía una compensación a los autores por las copias de sus obras
- La cuantía se cargaba a los Presupuestos del Estado
- Desestima los recursos de casación de Telefónica y Digital+
- Las medidas fiscales son compatibles con las normas de las ayudas de Estado
El abogado general apoya el recurso de Intel ante la Justicia europea por la multa de 1.060 millones
- Cree que el Tribunal General valoró mal unos "descuentos por exclusividad"
- Considera que no demostró el abuso de posición dominante de la estadounidense
- Eleva la indemnización de un contrato temporal a 20 días por año trabajado
- Esta es la cuantía que recibe un empleado fijo despedido por causas objetivas
Aplica el fallo del Tribunal de Justicia de la UE del pasado mes de septiembre