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Esquerra ultima la enmienda con la que pretende modificar el delito de malversación, aprovechando la reforma del de sedición, y todo apunta a que la reforma volverá a pivotar sobre el ánimo de lucro. Tanto el Gobierno como ERC insisten en que será una reforma quirúrgica que no afectará a los corruptos. Joan Queralt, catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Barcelona, ha explicado en Las mañanas de RNE que, en su opinión, la última reforma del delito de malversación llevada a cabo por el gobierno del PP en 2015 es "mala tecnicamente" e "incompleta", y ha recordado que el delito de malversación, "tradicionalmente" en España ha requerido el ánimo de lucro, propio o ajeno, una cuestión que cree que hay consenso entre los expertos de que debería incluirse de nuevo en esta reforma. Además, ha asegurado que no hay riesgo de que condenados por corrupción puedan beneficiarse de este cambio legislativo ya que "la malversación sin lucro es una rara avis".

La vicepresidenta de Argentina, Cristina Fernándezde Kirchner, ha sido condenada este martes a seis años de prisión en un juicio por irregularidades en la concesión de obras viales durante los gobiernos kirchneristas (2003-2015). Al dictar sentencia en un juicio que se había iniciado en mayo de 2019, el Tribunal Oral Federal 2 de Buenos Aires también condenó a la expresidenta a la pena de inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Fernández de Kirchner siempre ha mantenido que todo el caso son "mentiras y difamaciones" del fiscal y que todo es fruto de una persecución política y judicial ideada por el Gobierno del expresidente Mauricio Macri.

Foto: Un admirador de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner besa su retrato en un gran cartel en el exterior del Palacio de Justicia Comodoro. Luis ROBAYO / AFP.

El Tribunal de Apelaciones de Inglaterra y Gales ha reconocido la inmunidad a Juan Carlos I hasta el momento de su abdicación como rey de España en 2014 ante la demanda por acoso que presentó la que fuera su amante Corinna Larsen por hechos que presuntamente tuvieron lugar entre 2012 y 2014.

FOTO: El rey emérito Juan Carlos I, en una imagen del pasado mes de mayo en Sanxenxo. EFE/Lavandeira Jr.

Visto para sentencia el juicio a unos padres de Terrassa, en Barcelona, que intentaron convencer a su hijo, de 17 años, para que dejara de ser homosexual. Su hijo, Ezequiel, les denunció por maltrato homófobo y este miércoles ha compartido su historia en Hablando Claro. "La única decisión que tomé fue elegirme a mí, elegir mi felicidad", ha explicado al tiempo que ha agradecido el acompañamiento de las personas que han estado a su lado en todo momento: "dar el paso de denunciar fue gracias a muchas personas que me apoyaron. Descubrí que mi familia está más allá de la familia de sangre, me ayudaron a creer en lo que es justo y a ser yo mismo", ha asegurado.Tanto la Fiscalía como la acusación particular piden dos años y medio de cárcel para el padre y uno y medio para la madre, a los que acusan de "presionar" a su hijo para hacerle variar su orientación sexual y de varios insultos y episodios de maltrato, mientras que los padres niegan agresión alguna e incluso aseguran que fue su hijo el que les golpeó, por lo que le reclaman una multa por un delito leve de lesiones. "Las creencias que tenían eran muy cerradas y de cara a las personas homosexuales generalmente han tenido comentarios negativos de asco con los que me he sentido muy reprimidos", ha señalado el joven.

El Tribunal Supremo se ha pronunciado por primera vez sobre la ley 'solo sí es sí' tras estudiar el caso de la Arandina, La Sala de lo Penal ha elevado de tres y cuatro años de cárcel a nueve la condena a dos exjugadores de la Arandina Club de Fútbol por agredir sexualmente a una menor en 2017, un año menos del que pedía la Fiscalía al entender el tribunal que hay que aplicar la norma más favorable, que es la del 'sólo sí es sí'.

El Gobierno esperaba al criterio del alto tribunal. Fuentes fiscales a TVE recalcan que la rebaja que hace el Supremo en la sentencia del caso Arandina "es una casación" y que en estos casos, "por ley", se tiene que aplicar la norma más favorable al reo. Sin embargo, apuntan a que en el caso de revisiones de condena "ya se verá". En definitiva, distinguen entre lo que ha ocurrido ante una sentencia que no es firme y los recursos que tendrá que abordar el Supremo por condenas que sí lo son.