Amnistía Internacional pide una ley que regule los centros de menores en toda España
- Según la organización, siguen acumulando denuncias de malos tratos y abusos
- AI: "Las autoridades no han movido un músculo por defender a los menores"
- España se examina en la ONU sobre el cumplimiento de los Derechos del Niño
Ver también: Informe 'Si vuelvo, me mato II' (PDF)
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Centros de Protección Terapéuticos
En 2008, según el Defensor del Pueblo, existían en España unos 58 centros con 818 menores. Aunque hay que destacar que no existen datos oficiales al respecto. Por cada menor, el Estado se estima que da a cada ONG o empresa una subvención de 2.800 euros.
Según Amnistía Internacional no hay una definción de qué es un centro terapéutico a nivel nacional.
Son las Comunidades Autónomas los que deciden qué menores deben ser ingresados en estos centros, aunque según AI, tampoco existe un criterio general de ingreso.
No existen este tipo de centros en Asturias, Extremadura, Baleares, La Rioja, Ceuta y Melilla.
"Si te resistes puedes acabar atado en una silla y te pueden llegar a inyectar algo que te deja KO", aseguraban hace pocos meses Aránzazu y Esteban en un informe de Amnistía Internacional (AI) sobre la situación de algunos menores internados en Centros de Protección Terapeúticos.
Nueve meses después, para Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional en España, la situación es tan grave "que se necesita ya una ley estatal que regule la actividad de todos los centros, que proteja a los menores y que obligue a ejercer las inspecciones de forma debida".
"En los centros se vive un régimen de excepción y de arbitrariedad", ha afirmado Beltrán, quien también ha dicho que continúan recibiendo casos de abusos a menores.
A pesar de algunas mejoras, y también de algunas oportunidades perdidas, el sistema sigue vulnerando los derechos humanos de los ingresados en estos centros, según AI.
Respuesta insuficiente de las autoridades
Es la principal conclusión del Informe de Amnistía Internacional 'Si vuelvo, me mato II', que recoge la, a su entender, "insuficiente" respuesta de las autoridades estatales y autonómicas a la denuncia realizada por la organización en 2009.
"Las autoridades no han movido un músculo por defender a los menores", ha subrayado Beltrán, quien ha criticado a CC.AA. y al Gobierno. Sobre todo a este último porque "es el Estado el que debe garantizar los Derechos Humanos".
Una reflexión compartida por Virginia Álvarez, responsable de Política Interior de Amnistía Internacional en España, para quien el Ejecutivo "no se puede escudar en la cesión de competencias a las Comunidades".
Derechos que parecen inexistentes a juzgar por las palabras del abogado Endika Zulueta, quien ha manifestado que "los reclusos de cualquier prisión tienen más herramientas de control y denuncia que los menores de estos centros".
"Pequeños" avances logrados
- El Ministerio de Sanidad y Política Social, junto a las Comunidades Autónomas, han elaborado un 'Protocolo básico de actuación en centros y/o residencias con menores diagnosticados de trastornos de conducta'. El informe ha llegado a Amnistía este mismo miércoles. Virginia Álvarez ha subrayado que "es un documento positivo" porque "prohíbe como medida de castigo medicar o atar a un menor" y, además, "es un paso adelante". Sin embargo, Álvarez ha querido dejar claro que "el protocolo no tiene carácter vinculante" por lo que "si las Comunidades no quieren ponerlo en práctica, no lo harán".
- Desde la Fiscalía General del Estado se ordenó que se abriesen investigaciones preliminares con el objetivo de esclarecer posibles responsabilidades por los hechos denunciados por el Defensor del Pueblo en febrero de 2009. Además, se aprobó un protocolo de actuación en materia de inspección de los centros de acogida de menores. Un protocolo que, "según la Fiscal Coordinadora de Menores y el Fiscal de Menores en Sevilla no está en vigor", se subraya en el informe de AI. Además, no se están cumpliendo las visitas trimestrales de control a los centros acordadas. En Sevilla, por ejemplo, "por falta de medios", lo mismo que ocurre en Barcelona.
Errores que persisten
- La Comunidad de Madrid, una de las peores paradas en el anterior estudio de Amnistía Internacional, con la Ley de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia, mantiene la posibilidad de sancionar al menor hasta tres días "con la separación del grupo con privación o limitación de estímulos", punto que se prohibe en las 'Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad'.
- Cataluña aprobó el 27 de mayo la Ley 14/2010 de los 'Derechos y las Oportunidades en la Infancia y la Adolescencia', en la que también se contempla el aislamiento de menores. Y, "a pesar de que exige que los psicofármacos no se conviertan en la práctica de contención habitual, no se hace referencia a la obligatoriedad de la prescripción médica de los mismos", denuncia AI.
- En Andalucía, la comunidad con mayor número de Centros de Protección Terapeúticos, Aministía Internacional denuncia no conocer "ninguna medida para mejorar la situación de los y las menores internos".
Cosas que empeoran y no se esclarecen
Al Defensor del Pueblo y a AI siguen llegando "presuntas irregularidades" en determinados centros, como las tres quejas realizadas este 2010 por madres de internos del centro de Picón del Jarama (Madrid).
Bajo investigación judicial siguen las presuntas irregularidades cometidas en el Centro Hogar del Menor de Galapagar, situado también en la Comunidad de Madrid.
El abogado de los denunciantes en este caso, Endika Zulueta, ha detallado algunas de las vejaciones que sus clientes supuestamente sufrieron: "Les ataban a la cama, les medicaban sin saber lo que recibían, les insultaban, les sacaban desnudos en invierno fuera del recinto y les mojaban con agua fría...".
Zulueta ha afirmado que, ante el Juzgado de Instrucción que lleva la causa, los trabajadores han reconocido que el centro cuenta con un protocolo de contención "cuando los menores están fuera de control". El protocolo pasa, gradualmente, por: la amonestación verbal, el aislamiento en una habitación, la sedación química y la inmovilización con correas.
"Todo ello bajo la supervisión telefónica de un psiquiátrica ya que este especialista sólo va una vez a la semana al centro", ha afirmado Zulueta.
Oportunidades perdidas
En junio de 2010 se aprobó la reforma del Código Penal. Para AI, pudo ser el momento de cambiar el artículo 174, defectuoso a su entender y a tenor de la 'Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes'.
En la Convención se establece que "un acto de tortura puede ser cometido por cualquier persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia". El Código Penal español sólo contempla como posibles autores a la autoridad o a un funcionario público.
Además, la 'Convención contra la Tortura' señala la finalidad de "intimidar o coaccionar a esa persona o a otras", algo que tampoco se refleja en la legislación española y que, según AI, desproteje a los menores.