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Absueltos los ocho trabajadores de Airbus por falta de pruebas

  • Fueron a juicio por incidentes en la huelga general de 2010 en Getafe
  • Se les acusaba de atentado, lesiones y delitos contra los derechos laborales
  • El fiscal ya había rebajado la petición inicial de más de 60 años de prisión

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Juicio a los ocho miembros del comité de empresa de Airbus
Juicio a los ocho miembros del comité de empresa de Airbus.

El Juzgado de lo Penal número 1 de Getafe ha absuelto a los ocho trabajadores de Airbus, acusados de delitos contra los derechos de los trabajadores, atentado y lesiones, por los hechos acaecidos durante la huelga general de 2010 a las puertas de la empresa Airbus.

El fiscal llegó a pedir una pena de más de sesenta años de cárcel, pero luego rebajó la petición a la mitad y exculpó a dos acusados. El juez absuelve a los reos por la "inexistencia de pruebas que acrediten que son autores de los hechos que se les imputan".

El juicio se celebró entre los días 9 y 12 de este mes de febrero y la sentencia establece que dos de los acusados, Edgar Martín y Armando Barco quedan absueltos en virtud del principio acusatorio -la fiscalía ya los había exculpado-, y los otros seis, José A.B., Tomás G. R., Enrique G.A., Rodolfo M.O., Jerónimo M.J. y Raúl F.H. por aplicación del principio de presunción de inocencia.

Uno de los absueltos, Enrique Gil, ha manifestado a Efe que, con el fallo cierran "un capítulo importante en lo personal", pero queda por resolver "lo colectivo". En referencia a los cerca de 300 sindicalistas que se encuentran en procesos similares al suyo en toda España.

Gil, que se ha mostrado exultante y apenas podía contener la emoción, ha valorado la sentencia como "un paso adelante de dimensiones históricas". "Si el juez ha visto así el asunto es porque estaba más claro que el agua", ha declarado, si bien ha reconocido que "con la valoración que hizo la Fiscalía" no podía estar seguro de que fuera a producirse la absolución para todos los encausados.

Otro de los absueltos, José Alcázar, ha pedido "encarecidamente" la formación de un gobierno de izquierdas, que derogue las reformas laborales, este artículo, la 'Ley Mordaza' y democratice las instituciones."Es un día enorme, un día grande para la democracia", ha sostenido, para añadir que "ha merecido la pena aguantar y sufrir para demostrar la inocencia".

Sin pruebas de la autoría

Según consta en la resolución firmada por el magistrado titular del juzgado de lo Penal número 1 de Getafe, Abel Téllez, la presunción de inocencia es "la primera y principal garantía que el procedimiento penal otorga al ciudadano acusado", y este principio se vulnera cuando "se condena a alguna persona sin pruebas".

Téllez considera que "quedaron acreditados los hechos que motivaron el proceso", dado que "algunos trabajadores concentrados en la puerta comenzaron a entorpecer el acceso a la factoría dirigiendo insultos a los trabajadores que no querían secundar la huelga, interceptando vehículos y tirando petardos bajo los coches".

Sin embargo, no considera que estos sean suficientes para condenar a los acusados puesto que no queda suficientemente probada su participación, porque ni los policías ni los testigos los reconocieron como autores de los hechos durante el juicio.

Además, el juez también destaca que "en otras pruebas practicadas a algunos de los acusados incluso se les atribuyen actividades mediadoras de apaciguamiento tanto en el momento de los hechos como una vez producidas las detonaciones" que realizó uno de los policías con arma real y por las que se le abrió un expediente disciplinario.

La fiscalía cree que hubo "hechos constitutivos de delito"

Respecto de la posibilidad de una coautoría por "tener un dominio funcional del hecho" que estableció la fiscal, el juez indica que "es de sobra conocido que tal forma de atribuir la coautoría requiere, además del reparto de roles, de un acuerdo previo huérfano de todo soporte probatorio". "Aquí, repetimos, no queda probada ni la existencia de pactum sceleris -pacto para delinquir- ni la realización de hechos conforme a los roles asignados", concluye la sentencia.

En la última jornada del juicio, la fiscal aceptó como atenuante el pago de indemnizaciones a los agentes y el trabajador agredidos, si bien consideró que los testimonios y pruebas presentados habían probado que en aquella jornada de huelga en la fábrica de Airbus se produjeron "hechos constitutivos de delito".

En concreto, el Ministerio Fiscal hizo especial referencia al incumplimiento del artículo 315.3 del Código Penal, que castiga a quienes "coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga" y que ha dotado al proceso de una especial significación política.

Precisamente la aplicación de dicho artículo es considerada por los sindicatos una amenaza al derecho de huelga e incluso a los "principios democráticos" y partidos políticos como PSOE, Podemos o Izquierda Unida han mostrado durante los últimos días en distintos foros su voluntad de derogarlo. Miles de personas se manifestaron el pasado jueves en apoyo a los sindicalistas de Airbus y al derecho de huelga.

Los sindicatos piden a los grupos que deroguen el artículo 315.3 del Código Penal

Este miércoles, los sindicatos CC.OO. y UGT han pedido a los grupos políticos la derogación del artículo 315.3 del Código Penal antes de formar gobierno.

El secretario de Acción Sindical Confederal de CC.OO., Ramón Górriz, ha opinado que la sentencia "va más allá de los ocho compañeros de Airbus" y ha considerado que "es hora, con esta sentencia en la mano, de que los nuevos parlamentarios planteen ya la derogación del artículo 315.3 del Código Penal". "Se tiene que realizar antes de que se conforme el gobierno", ha exigido.

El secretario confederal de Acción Sindical de UGT, Toni Ferrer, ha afirmado que la sentencia "restablece la verdad" y ha coincidido con Górriz en que es "urgente y necesario" derogar este artículo". Además, aboga por que en esa derogación se prevea "la revisión de todas y cada una de las condenas firmes que ha habido" para que "nadie sufra prisión" en España por ejercer un derecho fundamental como el de huelga.