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Joan Queralt, senador de ERC y catedrático de Derecho Penal, ha estado en el 24 horas de RNE con Josep Cuní para analizar el archivo del caso 'Tsunami Democràtic' en la Audiencia Nacional tras un error procesal. Ha calificado este error en los plazos procesales por parte del juez como una "indefensión notoria": "Esos plazos son sagrados, improrrogables e imprescriptibles, y hay que cumplirlos religiosamente".

También se ha conocido que la magistrada Susana Polo ha archivado esta causa en el Supremo, donde estaban siendo investigados Carles Puigdemont y Rubén Wagensberg, si bien aún quedan tres procedimientos abiertos. El catedrático ha explicado que los tres "tienen un elemento genético en común", que es la acusación popular. "Hemos visto que la acusación particular es o Vox o asociaciones, digamos, absolutas y radicalmente contrarias al 'procés'. Ya sabemos lo que van a decir antes de que hablen", apunta.

Queralt ha insistido en que no hubo terrorismo en la causa: "Si vamos a la definición de terrorismo dice 'graves destrozos en instalaciones, grave caos en instalaciones [...] No hace falta haber vivido en Cataluña para saber que de eso nada pasó, y todos los informes que recabó el juez García Castellón respecto al 'Tsunami' dijeron que no había habido ninguna anormalidad", añade.

En cuanto a que el juez Aguirre quiere rechazar la aplicación de la amnistía pidiendo que el Supremo impute a Puigdemont por el caso de la supuesta injerencia rusa, Joan Queralt lo ve como "una interpretación sumamente propia de la ciencia ficción": "La Audiencia hace un mes le dijo al juez Aguirre que no podía hacer una diligencia más que archivar o abrir a juicio oral, y no ha hecho ni lo uno ni lo otro", sentencia Queralt.

Marina Roig, abogada de Marta Molina en el caso 'Tsunami Democràtic', ha estado en el 24 horas de RNE con Josep Cuní tras conocerse que la Audiencia Nacional ha invalidado lo investigado después de julio de 2021 ya que la prórroga de la instrucción se firmó fuera de plazo, y el juez García Castellón haya archivado el caso. Roig ha explicado que la Audiencia Nacional no dice que las pruebas sean nulas, sino que "no son válidas para adoptar la decisión que debía adoptar el magistrado", es decir, si se archiva la causa o si continúa, así como si quiere enviar a juicio a otra persona.

La abogada añade que, en el caso de las causas que están en el Supremo por las dos personas aforadas que fueron imputadas, como por ejemplo Puigdemont, dice que al haber sido imputados después del 29 de julio de 2021 es la magistrada del Supremo quien tiene que plantear la situación: "Entiendo que la resolución tiene que ser la misma que la de García Castellón. Por otros argumentos, probablemente, pero exactamente la misma [...] Tiene que ser así sí o sí porque la causa del Supremo no es una causa nueva", aclara. Roig destaca asimismo que no es la primera vez que la Sala de lo Penal corrige actuaciones a un instructor.

En cuanto al error procesal por el cual se ha acabado archivando el caso, explica que ocurrió cuando las actuaciones estaban bajo secreto de sumario: "Ninguna defensa tiene acceso a las actuaciones". Y se dan cuenta del error en enero de este año: "Comprobamos que hay una anterior prórroga que es irregular, y por tanto es cuando las defensas lo planteamos. No sé si el juez se lo había planteado antes o si no había sido consciente de este fallo procesal", expresa.

Laia Tejada, abogada penalista en el despacho Molins & Parés, ha estado en el 24 horas con Josep Cuní para analizar y tratar de explicar que la Audiencia de Madrid avala la apertura de la causa contra Begoña Gómez, la mujer de Pedro Sánchez, por presunto tráfico de influencias. La abogada ha explicado que antes se utilizaba el término 'imputado', pero desde 2015 se ha cambiado a 'investigado' dada la connotación social negativa que tenía el primero.

Tejada aclara: "La condición de investigado es aquella que tiene una persona respecto a la cual se dirige un procedimiento penal por la presunta comisión de un hecho delictivo". Añade que la condición de investigado "no se adquiere cuando es llamado a declarar en calidad de investigado, sino se adquiere desde el mismo momento en que se inicia ese procedimiento penal con respecto a la persona".

La abogada del despacho Molins & Parés expresa que desde que se adquiere la condición de investigado se adquiere una serie de derechos. "En el supuesto de que se practiquen diligencias de investigación podrá estar presente el abogado de la señora Begoña Gómez, por esto es muy importante", argumenta.

Tejada considera que el procedimiento del juez que ha abierto diligencias a Gómez se ajusta al procedimiento regular: "Ha hecho una cosa que es acotar lo que sería el objeto del procedimiento porque parece ser que en esa denuncia de Manos Limpias se pone de manifiesto toda una serie de hechos [...] Es el juicio que ha realizado con mayor concreción la Audiencia Provincial", sentencia.