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Ya está en el Boletín Oficial andaluz el decreto que permite la expropiación temporal de viviendas en determinados procesos de desahucios. El Consejo del Poder Judicial dice que la norma publicada es positiva. El Partido Socialista presentará una enmienda a la ley que se tramita en el Congreso para generalizar la medida. Algo que el PP considera demagógico.

Bancos y promotores inmobiliarios aseguran estar preocupados por el decreto-ley aprobado por la Junta de Andalucía que permitirá expropiar temporalmente el uso de viviendas afectada por un proceso de ejecución hipotecaria instada por un banco. Aún así, aseguran, quieren esperar a que se publique, este jueves.

Las expropiaciones forzosas se regulan por una ley de 1954 que se ha ido adaptando. Arranca fijando las causas que permiten a una administración quedarse con una propiedad privada de cualquier persona o entidad. Solo la utilidad pública o el interés social, previsto en la Constitución, justifican la expropiación forzosa mediante la venta, el alquiler o también la ocupación temporal. Este último caso es el que contempla la Junta de Andalucía para parar los desahucios durante un máximo de tres años. La ley menciona distintos tipos de expropiaciones. Y cita la que se realiza para asegurar la función social de la propiedad, una función social que su propietario incumple. La expropiación temporal que contempla la ley hace referencia a la realización de obras o trabajos necesarios para que la propiedad cumpla con las exigencias sociales. Son artículos en los que podría basarse el decreto andaluz, aunque habrá que ver la letra pequeña. El Gobierno andaluz ya hizo algo parecido en 1984, con la reforma agraria. Aprobó la expropiación de las fincas cuya función social no se cumplía porque estaban abandonadas o sin uso. Creó un impuesto para las tierras infrautilizadas y con las sanciones obtuvo dinero destinado a reformar el campo. La medida se recurrió, pero el Tribunal Constitucional dio la razón a la Junta tres años después.

Sobre la medida de la Junta de Andalucía para expropiar viviendas afectadas por ejecuciones hipotecarias de bancos, se ha debatido este miércoles en el Congreso. La oposición pide al Gobierno que tome nota y el Ejecutivo dice que la respuesta a los desahucios tiene que ser de ámbito nacional.

Andalucía ha aprobado un decreto-ley sobre la función social de la vivienda, que incluye expropiaciones temporales a la banca para frenar los desahucios y sanciones de hasta 9.000 euros a bancos e inmobiliarias que no alquilen las viviendas vacías.

La expropiación temporal será de aplicación durante un periodo máximo de tres años en procedimientos de desalojo instados por los bancos y sus filiales inmobiliarias o entidades de gestión de activos. A cambio, las entidades afectadas por la expropiación recibirán el 2% del justiprecio, previsto en la Ley de Expropiaciones.

El precio de la vivienda sigue cayendo, aunque las ventas repuntan. Pero ojo lo hacen solo en los barrios periféricos de Madrid o Barcelona. Las dudas sobre los depósitos bancarios y, sobre todo, la caída de sus rentabilidades hacen que muchos pequeños inversores se arriesguen a comprar barato para alquilar.

La reforma de la Ley para protección de deudores hipotecarios no incluirá la dación en pago con carácter general. El Partido Popular ha incluído en el texto 50 propuestas de los grupos de la oposición y de la Iniciativa Legislativa Popular para, por ejemplo, evitar que los intereses de demora hagan crecer la deuda.