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Han trascendido las primeras sentencias quereducen las penas a condenados por abusos sexuales tras la entrada en vigor de la llamada ley del 'solo sí es sí'. En una de las más llamativas, la Audiencia de Madrid le quita dos años de condena a un hombre que abusó de su hijastra menor de edad. Igualdad critica la rebaja y aseguran que el problema no es la ley sino la interpretación machista que se hace de ella. Foto: Getty

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El Gobierno ha propuesto recientemente reformar el Código Penal para el actual delito de sedición sea reemplazado. Para hablar de todo esto se ha acercado hasta el 24 horas de RNE Nicolás García Rivas, catedrático de Derecho penal en la Universidad de Castilla-La Mancha:  "Esta reforma quiere devolver los desórdenes públicos a la definición que tenían en el Código de 1995", explica García Rivas y pone un ejemplo sobre este asunto basado en algo que ya decía el Tribunal Supremo en 1987: "Si tu cortas la A-49 de Sevilla a Huelva pero tu finalidad es protestar contra la legislación por el desempleo no se puede condenar por desórdenes públicos", argumenta. 

Preguntado por una también posible reforma del delito de malversación, el catedrático afirma que "es una cuestión muy distinta a la de la sedición", pero que desde que el delito de malversación se reformó en 2015, "la doctrina penal clama al cielo" porque "es un tipo con una definición demasiado amplia, y esto no tiene nada que ver con el procés", explica. 

Desde que el Gobierno empezó a hablar de reformar el delito de sedición hasta que ha presentado formalmente la propuesta han pasado más de 2 años. Quieren que el delito por el que fueron condenados los líderes del procés se convierta ahora en un delito de "desórdenes públicos agravados", con penas menores que las actuales. Argumentan que era necesario homologar este delito al vigente en otros países europeos.

Ahora el delito de sedición supone una pena de cárcel de hasta 15 años y otros 15 de inhabilitación para cargo público. Si prospera la reforma, por desórdenes públicos agravados se pasaría como mucho 5 años en prisión y la inhabilitación sería también menor, con un límite de 8 años. Foto: EFE

El PSOE y Unidas Podemos han registrado este viernes en el Congreso de los Diputados una proposición de ley para sustituir por vía de urgencia el delito de sedición. Proponen reformar el Código Penal para reemplazar el actual delito de sedición, con condenas de 10 a 15 años de cárcel y el mismo tiempo de inhabilitación, por otro de "desórdenes públicos agravados", con el que se rebajará la pena máxima a cinco años de prisión y un máximo de ocho años de inhabilitación especial para cargo público.

Foto: Pedro Sánchez en una imagen de archivo. EFE/ Emilio Naranjo

La rebaja de la inhabilitación permitirá a líderes del procés condenados e indultados como Junqueras poder presentarse antes a unas elecciones. En cuanto a los huidos, como Puigdemont, se abriría una vía a su extradición a España pero su condena, con el nuevo delito, sería menor.

FOTO: El exvicepresidente y líder de ERC, Oriol Junqueras, y el expresidente de la Generalitat y líder de Junts, Carles Puigdemont, en un encuentro en Waterloo en julio de 2021. Europa Press

El portavoz del PSOE en el Congreso, Patxi López, ha defendido la proposición de ley que ha presentado el partido junto a Unidas Podemos para reformar el Código Penal para modificar el delito de sedición. "Es la posición del PSOE, que hace una propuesta política, valiente para resolver el conflicto de Cataluña", ha asegurado en una entrevista en Hablando Claro de TVE.

López ha señalado que el PSOE "no es un partido de pensamiento único", por lo que "puede haber compañeros que piensen distinto", pero ha subrayado que la propuesta de reforma servirá para "europeizar" ese delito "para que sea homologable al de otros países".

FOTO: Patxi López, en el Congreso de los Diputados este viernes. EFE/ Chema Moya

El PSOE y Unidas Podemos han presentado en el Congreso una reforma del delito se sedición, que rebajaría las penas de 15 a 5 años. En Italia, existe un delito que es el atentado a la integridad, la independencia y la unidad del Estado. Y lo cometen quienes, a través de la violencia, tratan de alterar esa unidad del Estado hasta el año 2006. El castigo al máximo, la cadena perpetua. Luego se rebajó hasta 12 años de cárcel. En Francia el delito de sedición no está tipificado como tal, pero si que existe el de resistencia, que es la oposición violenta a toda persona e institución que tiene una autoridad. Las penas son de dos años de prisión y de tres años se actúa en grupo y entre cinco y diez años si además llevan armas. Otro delito equiparable sería el que pone en peligro todos los intereses generales del Estado y en ellos está la integridad territorial. Entonces la pena para quien lo comete o conspira para que se cometa sería hasta la cadena perpetua que se llama así en Francia, pero aquí es un máximo de 30 años en la cárcel. En Portugal, el Código Penal no contempla el delito de sedición como se entiende en España, pero sí recoge conductas que se pueden aproximar aunque no sean del todo iguales. Lo más parecido es lo que se conoce como delito de desobediencia colectiva, que está penado con multas o hasta dos años de cárcel. El Código Penal portugués, además, recoge otras conductas que se aproximan a la sedición. La primera se refiere al delito de alteración violenta del Estado. Cuando un individuo intenta destruirlo de manera violenta, con intimidación o sabotaje, se castiga con penas de 3 a 12 años y si hay uso de armas de 5 a 15 años de cárcel. Es verdad que el Código Penal portugués también recoge el delito de traición con penas de hasta 20 años, a quien, con abuso de sus funciones soberanas, intente separar el territorio portugués.