- La dirección alega que la compañía "necesita a los mejores profesionales"
- Miembros del comité de empresa lo rechazan y mantienen la huelga indefinida
- Fuentes sindicales dicen que quieren "echar al comité y a los huelguistas"
- Las extinciones no se ajustan a derecho porque la causa pierde actualidad
- Panrico no justifica el pago diferido de las indemnizaciones
- Comisiones Obreras considera un "varapalo" que el ERE no sea nulo
- Suministró Coca-Cola desde otras plantas a la logística de Madrid
- Aunque no hubo "sustitución física directa de trabajadores en Madrid"
- Denuncian los cierres de plantas en España y en el resto de Europa
- Recuerdan que Coca-Cola pretende duplicar sus ingresos en 2020
- Lo hace porque se vulneraron las garantías establecidas en el convenio
- No podía despedir si parte de la producción se hacía con medios ajenos
- El ERE autorizado en 2012 afectó a 129 trabajadores, de ellos 45 pilotos
- Se ordena la readmisión inmediata de los 29 pilotos que denunciaron
- Acaba sin acuerdo el periodo de consultas sobre el ERE extintivo
- Se quedan sin empleo otros 1.100 autónomos vinculados a la compañía
- La empresa ya ha solicitado el concurso voluntario de acreedores
- Los trabajadores presentan otra propuesta a la empresa sobre la que negociar
- Querían evitar una decisión judicial al entender que sería el fin de Sniace
- Protestan también por el cierre de la planta de Fuenlabrada
- Apuntan que Coca-Cola distribuye latas en Madrid que vienen de fuera
- Es inferior a la propuesta, que contemplaba un ERE para 417 empleados
- El despido colectivo afecta al 11% de la plantilla de Ferrovial Servicios
- De los afectados por el ERE, 191 se han acogido de forma voluntaria
- Falta información, razones para los despidos y su incidencia en los temporales
- Pide que identifique de manera precisa el impacto del ERE
- La embotelladora contrató a 170 temporales y 40 indefinidos durante el ERE
Coca-Cola Iberian Partners ha cerrado el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) presentado hace unos meses con el despido forzoso de 235 trabajadores de la planta de Fuenlabrada (Madrid) que no se sumaron de forma voluntaria al plan de ajuste presentado por el embotellador único en España. De esta forma, el ERE que afectaba a 1.191 personas se ha cerrado con un 80,27% de adscripciones voluntarias y un 19,73% de despidos forzosos.
La sala de lo social de la Audiencia Nacional ha declarado nulo del Expediente de Regulación de Empleo (ERE), presentado por la empresa pública Tragsa para 726 trabajadores, y ha ordenado la "inmediata readmisión" de los empleados que ya hayan sido despedidos, 150 según señala Europa Press, así como el abono de los salarios que han dejado de percibir. La sentencia, que da la razón a los demandantes -UGT, CGT, CC.OO., CSI-F y comités de empresa de Castilla y León-, es recurrible ante el Tribunal Supremo. Además, la Sala aprecia causa de nulidad por la forma en que se seleccionó a los trabajadores que iban a ser despedidos, sin respetar los criterios de mérito y capacidad de los empleados. Los magistrados recuerdan que, en el caso de las administraciones públicas "es exigible una precisión mucho más estricta que permita la determinación de los trabajadores afectados sin acudir a decisiones arbitrarias o discrecionales sin relación con los principios de mérito y capacidad". En el caso de Tragsa, "los criterios no han sido fijados en el periodo de consultas ni en su momento inicial ni en la decisión final, siendo totalmente imprecisos y permitiendo múltiples aplicaciones".
- El resto de los afectados se acogieron a las medidas voluntarias ofertadas
- El Expediente de Regulación de Empleo se presentó para 1.191 empleados
- Aún quedan por resolver unas 100 de las 1.700 solicitudes voluntarias
- CC.OO.: "La medida no favorece a la resolución del conflicto"
- La causa de nulidad, por la forma en la que se seleccionó a los despedidos
- Señala que no se fijaron en ningún momento los criterios para decidirlos
- La Audiencia señala que la sentencia es recurrible ante el Tribunal Supremo
- El recurso por el ERE en Tragsatec aún no ha sido resuelto por la Audiencia
- El embotellador único como grupo mercantil no puede presentar un ERE
- Añade que "no se justifican las causas, ni se ajusta a derecho"
El Tribunal Supremo ha ratificado la decisión sobre el ERE de Telemadrid que supuso el despido de 861 trabajadores. La televisión autonómica tendrá que elevar las indemnizaciones pero, a diferencia de lo que ocurrió en Canal 9, no está obligada a readmitir a los despedidos.
El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid sobre el expediente de regulación de empleo de Telemadrid. Se aumentan las cuantías de las indemnizaciones, pero no se anulan los despidos ni se ordena la readminisión de los trabajadores que fueron a la calle. El Gobierno regional de Madrid dice que la sentencia es una buena noticia porque garantiza la viabilidad de la televisión pública de Madrid (26/03/14).
- Ratifica la sentencia del TSJM, que eleva la indemnización a los trabajadores
- La empresa no tiene ahora la obligación de readmitir a los 861 despedidos
- Los trabajadores de Telemadrid aseguran que su lucha "no acaba aquí"
- La Comunidad: "Se garantiza la viabilidad de Telemadrid como canal público"
- Telemadrid dice que pagará las indemnizaciones, pero no readmitirá a nadie
- CGT ha votado en contra del ERE extintivo de Radio Televisión Valenciana
- En un principio, la dirección dijo que no seguiría sin unanimidad sindical
- Más de 1.700 empleados han aceptado, según fuentes cercanas al proceso
- La Asamblea de Madrid le insta a devolver las ayudas regionales recibidas